21
Cervantes, Miguel de, «Don Quijote de la Mancha», Primera parte, capítulos XXXIX a XLI.
22
Cervantes, Miguel de, «Don Quijote de la Mancha», Primera parte, capítulos XXXIII y XXXIV.
23
Véase a modo de ejemplo Cervantes, Miguel de, «Don Quijote de la Mancha», Segunda parte, capítulo XXXVI, pág. 832, nota 20.
24
Cervantes, Miguel de, «Don Quijote de la Mancha», Segunda parte, capítulo XXXVI.
25
Puede citarse el encuentro con los Duques. Cervantes, Miguel de, «Don Quijote de la Mancha» Segunda parte. Capítulo XXX y LIX.
26
El antiguo régimen, cuya extensión temporal coincide con la Edad Moderna, presenta dos características básicas: La sociedad estamental y la monarquía absoluta con ciertas limitaciones para el caso español -principalmente en materia tributaria- que veremos más adelante. Es de destacar que el sistema fiscal de este período procede directamente del medieval. Artola, Miguel. «La Hacienda en el Antiguo Régimen». Alianza Editorial/Banco de España. Madrid. 1982. Págs. 9, 10 y 22.
27
Es interesante el concepto que el cura refiere de los nobles que son quienes «ni deben ni pueden trabajar». Cervantes, Miguel de, «Don Quijote de la Mancha», Primera parte, capítulo XXXII, pág. 325, nota 29.
28
Artola, Miguel. «La Hacienda en el Antiguo Régimen». Alianza Editorial/Banco de España. Madrid. 1982. Pág. 39.
29
Ver nota 25.
30
Ver nota 12.