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El impresor, el editor y el librero

Jaime Moll





Para que un texto llegue impreso a una librería, es precisa la actuación conjunta e interrelacionada de tres factores: la industria editorial, la industria gráfica y el sector comercial. Y por supuesto, la existencia de un texto, creado por un autor, inédito o ya en circulación impresa o manuscrita. En este capítulo analizaremos las características de las distintas actuaciones de los grupos señalados, encaminados a difundir la producción cultural.

Si el libro, por su continente, es un producto manufacturado, su producción tiene un coste, o se exige una inversión, que en la mayoría de los casos se procurará recuperar y además se intentará la obtención de beneficios. Estamos ante la figura del editor, como es llamado modernamente, aunque hasta avanzado el siglo XIX no existe esta realidad independiente y especializada de la actualidad. En esta época, el editor es habitualmente un librero, de mayor o menor importancia, que aborda la actividad editorial de una manera continuada o esporádica, como ampliación beneficiosa de su negocio de librería.

Si el librero-editor domina la industria editorial, no es el único camino para la financiación de la edición de una obra, aunque sea el más normal. Un autor puede costear la edición de su propia obra. También lo puede hacer una institución, oficial o privada, o una orden religiosa. El problema, en este caso, es el de la distribución en el mundo librero, para poder llegar al comprador-lector.


El librero-editor

Un librero realiza una serie de actividades coincidentes en líneas generales con las de su homónimo actual. Al negocio propiamente de librería es muy habitual añadir el que hoy llamamos de papelería: venta de papel, tinta, cañones (para escribir) y libros en blanco de distintos formatos. Como los libros se distribuyen en papel, es precisa su encuadernación, que realiza el librero a gusto del cliente comparador o ya ha realizado previamente. Para ello el librero es encuadernador, obligatoriamente en las ciudades en que existe gremio (Barcelona, Zaragoza, por ejemplo). En los lugares de comercio libre, si no lo es ha de tener un encuadernador a su servicio. Hay que añadir que no existe en esta época separación entre el comercio del libro nuevo y el usado, que se integra en las mismas librerías. La diferencia entre las librerías viene dada por la amplitud de sus existencias, la especialización en ciertos campos del saber y la importancia de su fondo de libros importados. La inversión en la instalación de la librería no es importante: mesas, bancos, estanterías, y los aparatos y herramientas necesarios para la encuadernación. Las prensas que figuran en sus inventarios no son para la impresión sino para la encuadernación. La inversión en libros abarca la mayor parte del capital.

Algunos libreros amplían el negocio con la actividad editorial, a la que pueden dedicarse esporádicamente o de una manera continuada. No siempre son grandes libreros, aunque por lo general éstos dominan el mercado, al poder hacer mayores inversiones y tener unas posibilidades distribuidoras mas amplias, ya que incluyen entre sus clientes a otros libreros-editores. Es habitual entre ellos el intercambio de libros nuevos, en papel, teniendo como unidad valorativa el pliego. La diferencia entre el valor de los pliegos recibidos y los entregados es la base para el finiquito de las operaciones.

Hay impresores que también realizan funciones editoriales. En sus talleres se imprimen obras cuya edición financian. Ello exige disponer de un mayor capital circulante y una relación con los libreros que han de vender su producción, aunque haya algunos, que sin ser propiamente libreros también se dedican a la venta de libros, lo que en algunas ciudades -Barcelona, por ejemplo- provoca fricciones con el gremio de libreros.

Se ha hablado de financiación. Es preciso tener en cuenta la usual costumbre del pago aplazado, que se da en todos los ramos del libro, en la relación entre impresores, editores y libreros. El endoso del documento de compromiso de pago a una fecha determinada -la obligación- sirve también muchas veces como elemento de pago a un tercero. Se va creando un círculo que permite reducir las disponibilidades de capital.

Existen obras costeadas por dos o más libreros. Puede tratarse de libreros de la misma ciudad, por lo que el motivo ha de ser la reducción de la inversión y el reparto del riesgo que siempre toda edición conlleva. En otros casos, son dos editores de ciudades distintas, con lo que se facilita la penetración de las ediciones en mercados de distintos ámbitos geográficos.

¿Cómo se conoce al editor de un libro? En la legislación sobre el libro de los reinos de Castilla figura la obligatoriedad de que en la portada se incluya el nombre del impresor, pero nada se dice del editor. Lo más frecuente es que en las mismas se añada su nombre, precedido de la fórmula A costa de o Véndese en casa de, pudiendo finalizar con su dirección. En algunos casos, creemos que muy pocos, la fórmula Véndese en casa de puede referirse al distribuidor de la obra. Cuando el autor es su propio editor puede figurar la fórmula A costa del autor.

En el caso de coediciones caben dos posibilidades: que los nombres de los coeditores figuren en la portada, o que para cada uno de ellos se impriman portadas diferenciadas, con sólo un nombre. El resto del libro es exactamente igual. Estamos ante dos emisiones de una edición. Esta variación voluntaria de la edición no afecta al texto de la obra.

En otros casos no figura explícitamente el nombre del editor. Cuando se ha localizado documentación, podemos saber quién ha financiado la edición: el autor, una institución o un libero-editor. A veces, principalmente en las reediciones, es la concesión de la licencia la que nos indica el nombre del editor. No es de extrañar que en la licencia figure un nombre de librero y en la fe de erratas o en la tasa se consigne que se ha dado la certificación a pedimento de otro librero. Las licencias también se pueden vender y traspasar.

En el caso de series de comedias, surtidos de historias, coplas y otros papeles, lo habitual es que el impresor sea el editor, aunque no figure explícitamente como tal.




El editor y el impresor

Del editor -en sentido amplio, autor, librero, institución- depende encargar el trabajo a una determinada imprenta y decide las características de la edición. Según el tipo de obra a editar y el público a que va dirigida, elige el papel, señala el formato y los distintos cuerpos de las letrerías con que se ha de componer el texto, preliminares, índices, notas marginales, etc. pudiendo exigir el uso de fundiciones nuevas. Marca también la fecha de inicio de la impresión, el ritmo de la misma, la tirada, si el autor ha de corregir pruebas, pudiendo incluir penalizaciones si no se cumple el plazo de entrega o las correcciones señaladas no se han efectuado o si se imprimen más ejemplares de los encargados. El editor puede poner el papel, con lo que el precio acordado es por resma impresa. Si el papel corre a cuenta del impresor se incluye en el precio por resma. Las condiciones y plazos de pago varían, desde dar una cantidad al efectuar el contrato y otros pagos en distintos momentos de la impresión hasta liquidar al acabar la obra, a pagar semanalmente los pliegos impresos, son dos de las modalidades usuales.

Como vemos, el editor condiciona la labor de la imprenta, independientemente de las posibilidades de calidad de la misma. Por ello, al juzgar la calidad de la imprenta española es preciso tener en cuenta el tipo de obras que salen de sus prensas, pues la imprenta mejor dotada puede encargarse de obras de pésima presentación. También hay que tener en cuenta el tipo de papel empleado: un papel malo da una impresión muy pobre. Se puede ver claramente en el caso de ediciones en las que se han previsto dos emisiones, una en buen papel y otra en mal papel. La diferencia puede ser tan grande que en ciertos casos sólo un afinado análisis permite afirmar que se trata de dos emisiones de una misma edición.

A mediados del siglo XVII, en un pleito de los impresores madrileños con algunos libreros que importaban libros, señalan aquéllos la responsabilidad de los libreros-editores en la mala calidad de muchas de las ediciones que imprimían:

«[...] Imprimiendo los libros a su costa, no contentos con una moderada ganancia, buscan el peor papel, cargando las planas con letra menuda y sin dejar márgenes, para que el libro que había de llebar cien pliegos se imprima en ochenta y redunde todo en mayor utilidad de los susodichos. Y esto se manifiesta claramente de que los libros impresos por los mismos autores son incomparablemente mejores que los impresos por libreros».


(Moll, 1988: 486)                


Algunos libreros-editores trabajan siempre con las mismas imprentas, en una relación estable. Hay que tener en cuenta la capacidad de trabajo de los talleres, que les impide, en un determinado momento, aceptar nuevos encargos a corto plazo, o que se ven obligados a ceder parte del original a otra imprenta, aunque no figure su nombre. Es el caso, por ejemplo, de algunas partes de comedias de Lope de Vega. La urgencia impuesta por el editor ha obligado a ello.

En otros casos, el propio editor ha de repartir en distintas imprentas una obra en varios volúmenes, si quiere ponerlos a la venta al mismo tiempo. Si nos atenemos sólo a los impresores, ignoraremos el factor de unidad que es el editor. Un ejemplo es la obra del benedictino Gregorio de Argaiz, La soledad laureada por san Benito y sus hijos, libro en folio, de siete volúmenes, publicado en 1675 por el gran librero y editor madrileño Gabriel de León. Necesitó tres imprentas de Madrid y una de Alcalá para que pudiese salir a la venta el mismo año. Son las imprentas madrileñas de Bernardo de Herbada (v. I y II), José Fernández de Buendía (v. IV y V) y Antonio de Zafra (v. VI y VII) y la alcalaína de Francisco García Fernández (v. III).

La industria gráfica es una parte fundamental en la historia del libro, pero al juzgar sus realizaciones no debe olvidarse su dependencia de la industria editorial.




La relación del autor con el librero-editor

Si un autor quiere publicar una obra y no puede económicamente o no le interesa financiar su edición, tiene que iniciar la búsqueda de un editor que acepte hacerlo. En este caso es natural que el autor tenga interés en sacar algún provecho de su creación y mantener, en lo posible, el control de las ediciones. Para ello se vale del privilegio, gracia que el Rey le otorga de la exclusiva de edición durante un período de tiempo, habitualmente diez años. Nadie sin autorización del autor puede publicar la obra. Sin embargo, hay que tener en cuenta la constitución de la monarquía española en tiempo de los Austria. No existe un reino de España, sino que el rey aúna en su persona los distintos reinos que la forman. Por lo tanto, no existe un privilegio que englobe todos los reinos. Si alguien desea proteger su obra para toda la monarquía se verá obligado a reunir los privilegios para los distintos reinos. Son pocos los autores que lo hacen y, por lo general, son escritores de órdenes religiosas.

Cuando el autor encuentra editor le cede el privilegio en las condiciones que se fijan en un contrato de venta o cesión. Lo percibido por el autor puede ser muy variado, habitualmente una cantidad en metálico a la que se puede añadir cierto número de ejemplares. El privilegio favorece al autor y al editor. Este se asegura la exclusiva de la edición pudiendo perseguir y reclamar indemnización en caso de que otro editor publique la obra en el reino en que está privilegiada. Sin embargo, fuera del mismo se pueden hacer ediciones perfectamente legales, siempre que tengan la correspondiente licencia previa, aunque estas ediciones no son autorizadas por el autor y las variantes de su texto no tienen ningún valor. Su importancia es sociológica, pues demuestran la existencia de un interés hacia la obra. Las ediciones aparecidas en otros reinos, para las que su editor no ha pagado nada al autor, que compiten con las privilegiadas y le restan ventas, podían haberse impedido con la solicitud de privilegios para los distintos reinos. Otro factor de competencia son las ediciones contrahechas coetáneas, o sea aquellas ediciones que en su pie de imprenta repiten los datos de las ediciones privilegiadas, datos que no responden a la realidad.

La relación entre autor y editor puede mantenerse a lo largo del tiempo. Pero también puede romperse en un determinado momento y establecerse con otro editor. Ejemplos de esta continuidad cambiante nos la dan Cervantes y Lope de Vega. Miguel de Cervantes está unido editorialmente con los Robles, familia de libreros. Blas de Robles le edita en 1585 La Galatea; su hijo Francisco las dos partes del Quijote, 1605 y 1615, y las Novelas ejemplares, 1613. En 1615 cambia Cervantes de editor, eligiendo al joven Juan de Villarroel, que publica en este año las Ocho comedias y ocho entremeses nuevos, y en 1617 su obra póstuma, Los trabajos de Persiles. Hasta 1605, las obras no dramáticas de Lope son generalmente editadas por Juan de Montoya, que es substituido por el gran librero-editor Alonso Pérez, el padre de Juan Pérez de Montalbán.




El editor y la selección de obras

Cuando el autor es su propio editor arriesga su dinero, que puede perderlo. Una institución no busca -aunque lo puede lograr- un beneficio económico. Un librero-editor si invierte en una edición es para recuperar lo gastado en ella y obtener un beneficio. De ello se puede deducir la importancia que tiene para este último el acierto en la selección de las obras a editar.

La edición de la obra de un autor novel presenta mayor dificultad que la de un autor ya consagrado. Es preciso prever la acogida que podrá tener la nueva obra si sigue las tendencias vigentes en el momento, pero especialmente si significa, en mayor o menor grado, una ruptura, una novedad. También deberá tener en cuenta si el género o el estilo ya se han agotado y no se acepta una nueva producción. En un autor ya consagrado la publicación de una obra engendra expectativas de éxito, generalmente cumplidas.

Ateniéndose a las reediciones, hemos de distinguir las hechas por el editor que tiene el privilegio de las posteriores a la vigencia del mismo o después de su muerte. En el primer caso, el éxito de venta rige la reedición. Al agotarse la primera, si se mantiene la expectativa de éxito, se reedita inmediatamente, incluso en el mismo año. Merece recordarse la primera parte del Quijote con dos ediciones de 1605 o Todas las obras de Góngora con dos ediciones en 1633 y otra en 1634. Desde el punto de vista del editor autorizado sus beneficios pueden reducirse con el aprovechamiento del éxito por editores de remos en los que no se había privilegiado la obra, caso del Quijote, o por ediciones contrahechas, caso de Góngora en 1634. La reedición en otros reinos, tan frecuente en el siglo XVII en obras literarias, puede indicarnos el éxito de una obra. Señalemos la expectativa de éxito del Persiles. Editado póstumamente en 1617, con privilegio para Castilla a favor de la viuda de Cervantes, en el año de su edición se publica en Barcelona, Valencia, Pamplona, Lisboa y París, y en 1618 en Bruselas.

Hay editores más o menos especializados. Otros, en el campo literario, están al margen de las disputas estilísticas y publican obras de autores encontrados, como es el caso de Alonso Pérez: edita a Lope de Vega y a Góngora. Hay editores más dedicados a obras de surtido, con una salida más lenta pero continuada. La formación de un surtido, no importa el tipo del mismo, significa la decantación en el tiempo de unas obras que mantienen su interés lector o como libros de referencia y consulta. Obras de la misma materia y calidad no se reeditan, mientras otras mantienen su vigencia. En el campo literario, en los distintos niveles, también encontramos esta actitud selectiva. Si se consideran los surtidos de historias, coplas y demás papeles, se podrá apreciar cómo se van formando por eliminación de unos elementos, mientras otros se mantienen a lo largo de siglos. En otros casos, el agotamiento de un género corta las reediciones y la posibilidad de nuevas obras. Pasó con los libros de caballerías. Pasó con la novela pastoril. De 1622 es la última edición madrileña de la Diana, de Jorge de Montemayor, seguida dos años después por la realizada en Lisboa. Desde este momento no se reedita novela pastoril, si exceptuamos la Arcadia, de Lope de Vega, y conocemos la existencia de nuevas obras, algunas con privilegio concedido, que no llegaron a editarse. Las reediciones de Todas las obras, de Góngora, no sobrepasan el siglo XVII, al contrario de lo que sucede con el Parnaso español, de Quevedo, que se sigue reeditando en el siglo XVIII. Son solo dos casos. El estudio de la edición y reedición de obras literarias nos ayudará a captar el gusto de los lectores de las distintas épocas.

Si se tienen en cuenta las ediciones de las obras de estudio y consulta también podrá apreciarse la vigencia de escuelas y tendencias. Un caso: en 1603, se publica en la Ciudad de los Reyes (Lima) la primera parte de la Curia filípica, de Juan de Hevia Bolaños, completada en 1617 con una segunda parte. Las reediciones de esta obra jurídico-mercantil alcanzan hasta la primera mitad del siglo XIX.

Análisis aparte merece el gran conjunto de obras de autor español que alcanzaron difusión europea. En los casos de obras escritas en castellano -sean literarias, religiosas o técnicas- la difusión se hizo principalmente a base de traducciones. Los editores españoles no se preocuparon de este importante mercado. Si esta actitud es posible comprenderla, muy difícil se nos hace aceptarla cuando se trata de obras en latín, lengua sabia de la época, de autor español. Pensemos solo en dos campos, el jurídico y el teológico, este último de considerable influencia en la Contrarreforma, que se refleja en el número de obras y de ediciones. Se puede afirmar que cuando una obra latina, en cualquier campo del saber, alcanza aceptación europea, su difusión -y por tanto el negocio- lo realizan editores extranjeros. La causa es doble: el editor español no arriesga todo su capital en su negocio y, principalmente, no crea una red distribuidora europea, con sucursales o representantes en los centros culturales y del comercio del libro más importantes. Los editores españoles no acuden, por ejemplo, a las ferias de Frankfurt. Esta actitud hace que las obras editadas en España se reediten en otros países, incluso antes de agotarse la edición española. Ello favorece que delegados de los centros editoriales extranjeros se muevan en España buscando originales inéditos para su publicación, que contratan con los autores. Son verdaderos «caza-textos», a veces con la complicidad de editores españoles. Muchas de estas obras necesitan un mercado supranacional para que la inversión sea rentable en un tiempo no demasiado prolongado. Los editores españoles lo desatienden, antes bien, algunos de ellos representan a los grandes editores europeos, cuyas obras, muchas de autor español, distribuyen.

Esta actitud en relación con las posibilidades que ofrecía el mercado europeo del libro impidió la internacionalización de la industria editorial española y frenó las posibilidades de la industria gráfica española. Como ya escribimos hace años, España exporta textos e importa libros1.








Documento

El librero francés, establecido en Madrid, Jerónimo de Courbes recibe del Padre Lorenzo de Aponte el original de su obra In Sapientiam Salomonis Commentaria. Cum homiliis, digressionibus scholasticis ac paraphrasi, en cumplimiento del contrato que habían firmado para que fuese editada en París por Claudio Sonio. Madrid, 20 de noviembre de 1626


En la villa de Madrid, a veynte dias del mes de nobiembre de mill y seyscientos y veynte y seys años, ante my el escrivano y testigos yuso escritos, paresçió presente Gerónimo de Courbes, mercader de libros, vecino desta dicha villa y confesó haver rescivido del padre maestro Lorenço de Aponte, religioso profeso de la cassa del Espíritu Santo de los clérigos menores della, un libro original manuescripto que tiene mil ducientos y treynta y seys foxas y es sobre la sabiduría, compuesto por el dicho padre maestro Lorenço Aponte y ansimismo recivió tres tablas de lo que contiene el dicho libro, el qual rescive para efeto de hacerle ymprimir el dicho otorgante en la ciudad de Paris, reyno de Francia, dentro del término y según y de la forma y manera y con las condiciones, penas y posturas y obligaciones que se contienen y declaran en una escriptura de obligación y concierto, que en raçón del dicho libro e ympressión dél hicieron y otorgaron el dicho Gerónimo de Courbes otorgante de la una parte y de la otra el dicho padre maestro Lorenço de Aponte por ante Francisco de Barrio, escrivano público del rey nuestro Señor y vecino desta villa de Madrid, su fecha en ella en quince dias del mes de abril pasado deste dicho presente año de mill y seyscientos y veynte y seys, según por la dicha escriptura más largo consta y parece a que dijo se refería. El qual dicho libro y tres tablas en la forma dicha rescivió el dicho otorgante y pasó a su parte y poder y por no parecer su entrega presente renuncio la eceçión y leyes de la entrega y prueva della como en ella se contiene y se obligó le es bien dado y entregado el dicho libro y tres tablas, todo ello original manuscripto como dicho es por el dicho padre maestro Lorenço de Aponte para el efecto dicho de hacer la dicha ympressión en la dicha diudad de Paris y en su favor otorgo rescivió dél en bastante forma [...]

Firma de Gerónimo de Courbes.

Archivo Histórico de Protocolos de Madrid, 5856, f. 542r-543r, de la segunda foliación.




Documento

Don Pedro Alderete Quevedo y Villegas cede al librero Mateo de la Bastida los derechos de edición de Las tres Musas últimas castellanas, de su tío Francisco de Quevedo, entregándole el manuscrito. Madrid, 4 de septiembre de 1667


En la villa de Madrid, a quatro dias del mes de septiembre año de mill y seisçientos y sesenta y siete, ante mi el escribano y testigos, parezieron de la una parte el señor don Pedro Alderete Quebedo y Billegas, señor de la juridición de la villa de la Torre de Juan Abad, colegial en el del Arçobispo de la unibersidad de Salamanca, por si mismo y como heredero yn solidum que quedó por muerte del señor don Francisco de Quebedo y Billegas, cavallero que fue de la orden de Santiago, su señor y tío, que Dios aya, conforme al testamento que otorgó devaxo de cuya dispussición fallezió, que está en su poder, a que se remite; y de la otra Mateo de la Vastida, criado de su Magestad en su real guarda de a cavallo y mercader de libros, ambos vezinos desta villa, y dicen que por quanto están conbenidos y concertados en que el dicho señor don Pedro Alderete a de dar como desde luego da poder y çessión en causa propia al dicho Mateo de la Vastida para que en su nonbre, representando su persona y por si mismo en su fecho y causa propia, parezca ante su Magestad y señores de su real Consexo y gane prebilexio para poder inprimir las Tres Musas que faltavan de las nuebe que conpusso el dicho señor don Francisco de Quebedo y Billegas, su tío, para cuyo efeto se las entrega manoescriptas en duçientas e treynta foxas, de que el dicho Mateo de la Vastida se da por entregado a su boluntad, por averlas rezibido del dicho señor don Pedro Alderete, en presencia del presente escribano y testigos, de que doy fe. Y ansímismo le da éste poder y çesión para que pueda bolber a ynprimir las seys Musas, cuyo título es Parnaso español, y unas y utras por tienpo de diez años que an de correr desde el día que sé despachare dicho prebilexio. Con declarazión que todo el coste que tubiere la ynpresión y saca del previlexio a de ser por quenta del dicho Mateo de la Vastida y no por el dicho señor don Pedro Alderete; y con calidad que las ynpresiones y dedicatoria de las Ultimas Musas a de salir en caveza del dicho señor don Pedro Alderete y no en la del dicho Mateo de la Vastida ni otra persona en su nombre; y en razón de la conçesión del dicho prebilegio para ynprimir y despachar las dichas tres musas aga en razón dello todos los autos y delijençias que conbinieren, por quanto confiessa aber rezibido del dicho Mateo de la Bastida mill y quatrozientos reales en vellón y dos juegos de las Obras del dicho señor don Francisco de Quebedo ynpresos en Flandes; y en razón de la entrega de lo uno y otro aunque cierta y berdadera y aberlos rezibido y passado a su parte y poder realmente y con efeto, [siguen renuncias y seguridades legales acostumbradas]... Y el dicho Matheo de la Bastida también se obliga a darle los tres juegos de dicho Parnaso, estando ynpresso, y no lo haziendo se le a de poder apremiar a ello...

Firman D. Pedro Aldrete Quevedo y Villegas y Matheo de la Bastida.

Archivo Histórico de Protocolos de Madrid, 8.245, f. 28r-29v.



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