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31

Algo se dijo sobre esto en el número 9 del 2.º tomo de El Pensador Mexicano.

 

32

En un macho aparejado y con grillos. N. del E.

 

33

El señor don Marcos Gutiérrez, en el segundo tomo de su Práctica criminal de España, al fol. 9 dice: El cargo de fiscal es de suma confianza en los tribunales, y no corresponderán a ésta los oficiales de estado mayor que le ejercen en los consejos de guerra, si no procuran desempeñarle con rectitud y actividad, procediendo en sus acusaciones de buena fe, con la mayor integridad y como defensores de la ley, sin calumniar ni ofender a nadie injustamente; de modo que se ha de buscar la verdad y no la gloria de sacar delincuente con sofismas y cavilaciones al que no lo es. El celo por el bien público tiene sus límites, cuya violación le convierte en celo indiscreto e injusto, por lo que es un grande error y una bárbara necedad en algunos creer que el sargento mayor o el ayudante ha de acriminar y agravar al reo en su conclusión cuanto sea posible.

 

34

Esta doctrina es conforme a la razón y al espíritu de nuestras leyes. El señor Lardizábal, en su Discurso sobre las penas, dice que se disminuye la libertad por causa intrínseca, y esto sucede cuando el ímpetu y fuerza de las pasiones es tanta que ofusca el ánimo, ciega el entendimiento y precipita cuasi involuntariamente al mal, como sucede en los primeros movimientos de ira, de cólera, de dolor y otras pasiones semejantes, en cuyo caso los delitos cometidos de esta suerte deben castigarse con menos severidad que cuando se hacen a sangre fría y con entera deliberación.

 

35

Génesis, cap. 9.

 

36

En los mismos términos se expresa el señor Lardizábal en su Discurso sobre las penas ya citado.

 

37

Esta doctrina es del autor citado, quien dice en su Práctica criminal, publicada en España de orden del Consejo e impresa en Madrid en 1805, que la preocupación y vanidad de algunos defensores, que fundan su honor en sacar bien a sus clientes, cualesquiera que sean los medios para conseguirlo, son sumamente vituperables, pues por una crasa ignorancia y una caridad muy mal entendida creen que para librar de la muerte a un infeliz es lícito valerse de cuantos medios se presenten, aun cuando sean tan injustos como los dichos.

La preocupación de los fiscales en pensar que deben conducir los reos al patíbulo, junto con la ya expresada de los defensores en figurarse que deben sacarlos inocentes, contribuye no poco a que se embrollen y dilaten las causas en perjuicio de la recta administración de justicia.

 

38

Entiéndese aquel antiguo vigor y desprecio del lujo que no conocieron los Godos, Visogodos, etc.

 

39

Con esta expresión dio a entender el coronel que no hablaba de pobreza evangélica, la que siempre es recomendable, pero no es para todos, pues no todos tenemos aquella disposición de espíritu que requiere.