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Parecer sobre la guerra de la China. Méjico, 15 de marzo de 1587


El hacer guerra, aunque sea justa, es cosa de muchos y grandes daños y males, como San Agustín pondera. Y si es injusta y ilícita, demás de la grave ofensa de Dios, trae cargos irreparables de restitución. Y así se debe mucho examinar, y, no constando con entera certidumbre que sea lícita y necesaria, no se debe emprender ni aconsejar; porque si en proceder a sentencia de muerte contra un hombre particular quieren las leyes y la razón que las causas sean claras como el medio día, y los jueces conformes de toda conformidad, cuánto más es importante que lo sean para proceder a determinación de guerra, donde se incluyen forzosamente tantas muertes y robos y daños y perdición de una república.

Para este examen y averiguación son necesarias dos noticias: una del derecho, cuándo sea lícita la guerra y cuándo no; otra del hecho, qué causas hay en el caso que ocurren que pidan la guerra; y mucho más necesaria que ambas estas noticias es la estimación de la verdadera prudencia, que mirando bien el hecho y el derecho y ponderando las circunstancias de todo el caso, dé parecer en particular o tome resolución. Y aunque se puede dar parecer conforme a la relación que se hace, sin que la relación sea cierta, porque el teólogo presupone el hecho, pero es mejor y más seguro no dalle sino con relación muy averiguada; porque los seglares, que por otros fines de sus intereses y pretensiones apetecen la guerra, suelen tomar a bulto el parecer de los teólogos o juristas, diciendo que ya es cosa aprobada por letrados; y no advierten que si lo que se presupone es cierto y averiguado no hay más ya que se dé parecer. Es necesario advertir que, como está dicho, en negocio tan grave se requiere clara y cierta averiguación del hecho y causas de la guerra. Esto he dicho porque, aunque el Memorial del P. Alonso Sánchez refiera algunas y muchas cosas ciertas y notorias, otras no lo son tanto sino de oídas o de conjeturas, y algunas se escriben o refieren por otras personas con harta diversidad.

Viniendo al particular del punto que se trata, si es lícito hacer guerra a los Chinas, a cuatro se pueden reducir las causas de guerra justa que se pretenden contra la China. La primera es no admitir en su tierra otras naciones ningunas, aunque quieran entrar de paz, antes excluirlas de su conversación y comercio. Esta parece ley muy injusta y contra el uso y derecho de todas las gentes, pues ninguna razón hay para excluir a los extranjeros, si son pacíficos y conversan sin daño de la república; y sólo con los enemigos o delincuentes se usa desterralos, etc. Y así dicen Victoria y otros autores que los españoles tienen derecho natural para peregrinar y contratar en todas las naciones extrañas del mundo, y quien les veda este trato y entrada les hace injuria.

Esta ley y costumbre de la China aunque es vituperable y mala, no es, causa bastante injusta de hacelles guerra: lo primero, porque no es propiamente injuria que se hace a los españoles, pues con todas las otras naciones del mundo usan lo mismo; y ellos tampoco, digo los Chinas se entremeten en ir a tierras extrañas, sino igualmente se recatan de mezclarse con extranjeros, no yendo ellos a provincias extrañas ni admitiendo en las suyas a los extraños; y solamente permiten un género de comercio en sus puertos y los ajenos, sin que a lo interior de su reino penetren los forasteros. El cual género de policía no se puede negar que sea el más seguro para conservarse, como lo ha mostrado la experiencia de tanto tiempo como se han conservado. Pues estando en límites de razón y derecho natural, quien por esta causa les hiciese guerra, antes se podría decir que hacía injuria, que no se vengaba de la que se le hubiese a él hecho.

Lo segundo y principal, porque, aunque es contra el derecho de las gentes excluir a los extranjeros, no lo es sino muy conforme a él excluillos cuando hay justa causa de temor y recelo dellos; y ésta tiénenla los Chinas muy evidente; porque demás que en general se suelen perder los reinos por el mucho trato de extranjeros, porque, como dice Aristóteles en sus Políticas, seditiones concitat peregrinitas hay muy particular razón en los Chinas deste temor con los españoles, por ser gente más belicosa y amiga de mandar notoria experiencia que de noventa años a esta parte tiene todo el mundo señorío que han adquirido en las naciones donde han entrado con título de conversar y contratar. Y si no, pregunto a los que tienen gana de la conquista de la China: ¿Qué pretenden sino hacerse señores della y de su grandeza y riqueza? Y los mismos autores, Victoria y los demás que dicen ser contra derecho natural excluir a los extraños que quieren entrar de paz, dicen también que, cuando hay justo temor, no es injuria el excluillos, ni por esta causa se puede mover guerra justa.

La segunda causa que se puede pretender contra la China es haber hecho injurias y sinrazones y agravios a los portugueses y españoles, que contratan con los Chinas así en Macán como en otras partes de mar y tierra, según se refieren por extenso en el dicho Memorial del P. Alonso Sánchez; y según la definición de San Agustín y común doctrina de teólogos y aun ejemplos de la divina Escriptura, guerra justa es aquella en la cual se vengan y satisfacen las injurias y agravios recibidos de otra república.

Tampoco me parece título bastante injusto este para mover guerra a la China. Lo primero porque los agravios que se refieren no son de tanto momento que haya un rey como el de España de tenerse por agraviado por ellos, ni mover guerra contra un reino tan grande como la China. Antes muchos de los agravios que se refieren son recatos y temores, no sin mucho fundamento, que tienen los Chinas de nosotros; otros agravios son de particulares a particulares y por ventura han recibido otros los Chinas también de los portugueses o de sus aliados. Lo segundo, cuando demos que han sido agravios notables y dignos de ser castigados por guerra, cierto es y sin duda que primero ha de ser requerido el príncipe y supremo señor para que castigue a los suyos y repare los daños hechos. Y hasta que el príncipe o supremo tribunal sea en culpa, no queriendo enmendar lo mal hecho de los suyos, no se puede mover guerra contra él ni contra parte alguna de su reino.

Así lo significa San Agustín donde dice: Bella iusta diffiniuntur, quae ulciscuntur injurios, si gens vel civitas bello petenda est quae emendare neglescit quod per suos improbe gestum est. Y es la razón evidente, porque el daño de la guerra propiamente es del príncipe. El de Alvarado en eso de Guatemala enviaba de paz mensajeros para que le admitiesen. Mas aunque hacían estas diligencias se juzgan por injustas y tiránicas las guerras que hicieron, porque no aguardaban el tiempo que era razón ni ponían otros medios de paz, y en el hecho de guerra excedían tanto y era más el escándalo que daba contra la fe que los que se convertían fueron más pervertidos que convertidos. Pues si el rey ha de enviar capitanes y soldados y no ermitaños ni teatinos ha hacer la guerra a la China, no ternán más templanza ni orden que los pasados, y aun no será poco que se halle algún Hernando Cortés por capitán. Finalmente, consideradas las circunstancias del negocio, no me parece posible concurrir las condiciones y requisitos que he dicho, y así en tanto que las cosas corren como al presente, no tengo por lícita ni justa la guerra contra la China por causa de la predicación del Evangelio.

Resta el cuarto y último título, que es de los agravios que se refieren hechos contra los fieles que se han baptizado de la China. No hay duda sino que es lícito y justo compeler a los infieles a que no impidan la fe con blasfemias, con malas persuasiones y con claras persecuciones como Santo Tomé dice, y así sería esta causa de guerra justa contra los Chinas infieles.

Pero para justificar la guerra que sea lícita es necesario que se guarden también las condiciones dichas: 1. De que no redunden en más daños de la fe. 2. Que se procure la enmienda primero por medios pacíficos. 3. Que, cuando se haga la guerra, no exceda los límites de venganza justa y defensa necesaria de los fieles. Estas condiciones tienen la dificultad o imposibilidad moral que está dicha. Demás deso el hecho en esta parte no se verifica cuanto es necesario para hacer guerra. Porque no hasta que el fiel sea maltratado del infiel, si es por alguna causa especial que hay entre ellos, que puede ser justa de parte del infiel. Requiérese que la injuria sea contra el fiel por ser fiel. Esto no se verifica tan enteramente de los Chinas, como es menester para movelles guerra con este color: porque los agravios que han hecho a los Chinas cristianos no parece que sean in odium fidei, pues consienten a los padres de San Pablo en su tierra y aun los alaban y veneran por hombres que viven bien y tienen buena ley, y a los Chinas de Macán les dejan que se bapticen y sean cristianos; finalmente no tienen con la ley de Cristo el odio y ojeriza que los moros y turcos y judíos y otros, que propiamente aborrecen a los cristianos por ser cristianos, ni aun son los Chinas tan supersticiosos y pertinaces en sus idolatrías y ritos como otros infieles, según han escripto los que han estado allá. En lo que ellos exceden a todas las gentes es en la guarda de sus leyes y cerimonias y gobierno político, y así no me parece que a título de perseguidores e injuriosos a nuestra fe se les puede al presente mover guerra, y cuando se responda al Memorial del P. Alonso Sánchez, se satisfará más a este cuarto título o causa de guerra.

Dirá alguno que según este parecer a ningunos infieles podrán hacer guerra los españoles, porque siempre concurrirán los inconvenientes aquí referidos. Respondo. Primeramente que si habla de infieles nuevamente descubiertos, y no de Moros o Turcos o otros tales, no tengo por absurdo lo que se infiere; digo cuanto a no hacer guerra para predicar el evangelio, porque lo que la santa iglesia no ha usado en mil e quinientos años, y después que se usa se han visto siempre tantas ofensas de Dios y daños de los prójimos, no es mucho que entendamos que tiene nota de los inconvenientes. Lo segundo digo quo no es la misma razón en los Chinas y en otros infieles; porque hay infieles tan bárbaros e inhumanos que no admiten razón ni guardan fe ni tienen policía, y éstos, por bien que sean tratados, dan mil ocasiones a sujetallos por fuerza; y eso mismo es bien para ellos. Mas donde hay tanto gobierno e ingenio y aun industria y riqueza y fuerzas de gente innumerable, y ciudades cercadas, etc., es imposible que la guerra no cause gravísimos daños y terrible escándalo y odio contra el hombre cristiano.

También dirán que si esta Nueva España y el Perú no se conquistara, nunca estuviera con asiento la fe en estas partes, y lo mismo será en la China hasta que la sujete rey cristiano y la posea y gobierne. Respondo que por ventura será ello así y aun se me hace muy creíble y probable e o propio. Pero diferente cosa es lo que Dios permite sacando de males bienes, y lo que se ordena y quiere que queramos y procuremos. En cuanto yo no viere las cosas de otra suerte, no puedo dar parecer que la guerra sea lícita, ni me cargaré por cuanto haya debajo del cielo de los innumerables daños que se siguieran de esa guerra; si con el parecer de otros, bueno o malo o sin él, se quisiere la guerra y sucedieren después esotros bienes, será coger Dios donde no sembró, sacando bienes de males, y, como dice San Agustín, será extenderse la Iglesia a la siniestra, que es por malos y fingidos cristianos, no a la diestra, que es por medios santos y buenos como está en la profecía, que ha de extenderse a diestra y a siniestra. Mas conviene acordarse mucho quien da parecer en casos tan grandes, de la sentencia de Cristo: Necesse est ut eveniant scandala; verumtamen vae homini illi per quem scandalum venit.

Esto siento en el punto de hacerse guerra a la China, cuanto a si es lícita o no, dejando para otra consideración de quien mejor sabe el hecho si es empresa posible y conveniente al Rey o no; y en todo me remito y sujeto a mejor parecer.

México, 15 de marzo de 1587.-Joseph de Acosta.




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Respuesta a los fundamentos que justifican la guerra contra la China


1. Respondiendo a las razones que en el Memorial del P. Alonso Sánchez se ponen para persuadir la guerra contra la China: a lo que en el primer capítulo se alega, que por aquellas partes hay hombres sabios, así de nuestra Compañía como de otras religiones; y perlados y eclesiásticos sienten ser lícita y justa y necesaria para la entrada del Evangelio en la China y que esto lo tienen por cosa llana.-A esto se responde que no hemos visto parecer suyo ninguno ni sabemos qué fundamentos tengan. El primer parecer que en esta parte se ha visto es del P. Alonso Sánchez, el cual ha enviado algunos años ha cuando hizo la primera jornada a Macán. Hay otro después de la segunda. Y lo que se puede afirmar con verdad es que en el Perú ofendió tanto a todos aquel parecer, que el Provincial mandó que se quitase de aquella relación, y sin él se trasladó y comunicó la dicha relación; y lo mismo sucedió en la Nueva España, según el Provincial de ella lo refiere; y los religiosos graves y doctos de otras religiones que hay en México, oyendo decir que el P. Alonso Sánchez tenía ese parecer, dijeron que convenía quitalle semejante disparate. Y aunque creen que los teólogos de aquellas partes hacen ventaja a los de acá en tener más noticia del hecho con la experiencia de la cosa presente, pero tienen otra ventaja los de acá que más mueve para juzgar rectamente, y es no tocalles el caso ni ser parte.

Porque es llano que los agravios recebidos se ponderan mucho cuando nos tocan, y en negocio de venganza es ordinario exceder cuando esta sentido el apetito. También de gozar lo bueno de la China puede despertar más a los vecinos que a los remotos, y en cosa tan grave mucho es de desear que los que dan parecer estén libres de todo afecto humano, y aun del celo demasiado que a veces no es secundum scientiam. Podría ser también que los padres y teólogos que se refieren en el Memorial sintiesen que convernía tener el Rey más potencia de gente y armada para defensa de los cristianos y para terror de los enemigos cuando se desacatasen, lo cual mucho desearíamos, y terníase por cosa muy importante. Y no por eso se justifica la guerra contra la China, y mucho menos conquista suya. Mas si sienten que ésta sea lícita y justa, que tanto será su parecer digno de seguir en cuanto las razones y fundamentos en que estriba fueren suficientes, y no parece las ternían más explicadas de lo que en el dicho Memorial están.

2. Al capítulo segundo.-En el capítulo segundo, en el segundo presupuesto dice que el Papa es señor absoluto del gobierno espiritual de los hombres; dijera mejor de los cristianos o fieles, porque si quiere sentir que en todos los hombres aunque no sean baptizados pueda el Papa disponer en lo que toca a las armas, castigando vicios, y dando leyes, y poniendo superiores, es falso y contra el Apóstol (1 Cor., 5): Quid enim mihi de iis qui foris sunt iudicare?; como también lo tiene declarado el Concilio Tridentino ses. 27 cap. 2, citando este testimonio del Apóstol. Y aunque ha habido quien diga que el Papa tiene superioridad sobre los paganos e infieles, como refiere Hostiense ser opinión suya o de Inocencio, pero ya está reprobada por todos los que escriben esta materia, teólogos y juristas, Victoria, Soto, Covarrubias, Castro, y los que escriben sobre Santo Tomás 2, 2, q. 10, a. 8 y 10. Ni aun de los cristianos y fieles se dice con propiedad que el Papa es señor absoluto del gobierno espiritual, porque eso es propio de Cristo; mejor se dice que tiene potestad absoluta comunicada de Cristo Nuestro Señor, cuyo vicario es, y así no como señor absoluto de lo espiritual, sino como ministro sumo de Cristo, gobierna la Iglesia católica. Y del mismo modo se ha de entender lo que dice que es señor del gobierno temporal por cuanto se ordena a lo espiritual, al modo que declara Inocencio III en el cap. Per venerabilem, qui filii sint legitimi. Y todos los presupuestos siguientes se han también de entender de pueblos cristianos y baptizados, porque si los entiende generalmente de todos, aunque sean infieles, como parece que suena la letra, sería falso y poco menos que error, a saber, que en los pueblos de gentiles no sujetos temporalmente a la Iglesia, puede el Papa quitar todo lo que repugne a la fe, y a lo honesto y razonable, como sería quitar incestos, idolatrías. Porque demás de ser esto contra la sentencia recebida de todos los teólogos y juristas que han tratado de propósito este punto, es claramente contra la autoridad declarada de San Pablo: Quid mihi de iis qui foris sunt iudicare, nam eos qui foris sunt Dominus iudicabit. Y es mucho de advertir que trataba allí San Pablo de un crimen contra ley natural, y así dice: Omnino auditur inter vos fornicatio et talis fornicatio qualis neque inter gentes, ita ut uxorem patris sui aliquis habeat. Pues si el Apóstol confiesa que ni él ni la Iglesia tiene poder para castigar el incesto tan notorio del infiel, ¿cómo será verdad lo que dice el Memorial, que el Papa puede remediar, quitar y corregir en cualquier nación lo que hubiere malo y perverso contra lo natural y honesto?

En el presupuesto 10 habla con la misma confusión, diciendo que el Papa puede poner otras cabezas en la república, si los que gobiernan no tienen bastante capacidad para el buen gobierno natural y moral. Si entiende esto con repúblicas ya cristianas, puede pasar con las debidas limitaciones, de no seguirse de ahí mayores daños y escándalos, y de constar clara y manifiestamente de su insuficiencia e incapacidad, y de no haber otro señor temporal que lo pueda y deba remediar. Mas si entiende generalmente etiamen las repúblicas que no recibieron la fe, ni están temporalmente sujetas a la Iglesia, es muy falso y contra toda la común doctrina.

En el 12, que es como conclusión de los otros presupuestos, dice que faltando las tres condiciones que pone, conviene a saber, que la república tenga buenas leyes y buen gobierno temporal, que la gente tenga entendimiento y prudencia bastante para el gobierno cristiano y espiritual, que sean de confianza para permanecer en el evangelio aunque haya peligros y dificultades, cuando faltasen estas condiciones, dice que de necesidad se ha de mudar y quitar el gobierno temporal, o ponerles otro superior que le corrija y guíe al fin más alto espiritual. Todo esto para concederse se ha de entender con dos limitaciones, una es que no se sigan mayores daños y escándalos de la tal mudanza del gobierno, porque expresamente dice Santo Tomás 2, 2, q. 10, a. 10, que aunque la Iglesia tiene potestad para privar a los infieles del dominio sobre los fieles, sed hoc infidelibus sibi temporaliter non subditis, licet secure posset facere non tamen facit Ecclesia ad vitandum scandalum. Y así lo que la Iglesia no ha hecho por evitar el escándalo, siempre queda que para hacello se mire si hay escándalo o mayor daño. La segunda limitación es que, la falta de aquellas tres condiciones sea tanta y tan notoria, que merezca claramente tal privación del gobierno o de absoluto gobierno, porque no en todos los reinos de infieles se halla eso. En el Perú y Nueva España y islas adyacentes nadie puede negar lo que el Memorial dice, y así justamente puso la Iglesia el supremo gobierno en los reyes católicos de España. En el Japón mucho tiempo gobernó el rey de Bungo siendo infiel, sin necesidad de superior temporal, y mucho menos de que se le quitase el gobierno, y fuera grande escándalo y daño el quitársele. Pues viniendo a los Chinas, primero ha de constar claramente que el rey de la China es incapaz de tal gobierno, que se le quite o se le ponga superior temporal; lo cual hasta ver cómo toma las cosas de la fe, y si las aborrece o si las aprueba, no se puede bien juzgar, pues, en lo temporal no tienen más policía los japones que los chinas, y aún se ha de advertir que la fe y gracia levantan y perficionan mucho el buen natural y le hacen muy más capaz y suficiente; y así hasta ver qué obra Dios en esta parte, parece que es condenar sin oír la parte.

3. Al capítulo tercero. Primeramente el modo de proceder por condicionales y por universales proposiciones sin poner todo el caso con sus circunstancias como en el hecho se entiende, es modo capcioso y poco acomodado para cosas morales, porque como dice Aristóteles, los tratados en universal sin llegar a lo particular, son de poco fructo para el negocio moral. Podría otro fácilmente poner otros veinte fundamentos o presupuestos por condicionales o proposiciones universales, de donde viniese a inferir todo lo contrario del Memorial; como si dijese: si en alguna tierra hubiese tanto gobierno temporal y tanta riqueza y fuerza de gente, que se entendiese que el movelles guerra sería para que aborreciesen del todo la fe cristiana y no para alcanzarla, no sería lícito hacer tal guerra; segunda, si hubiese esperanza que por medios pacíficos se vernía a convertir, no seria lícito hacer la guerra; tercero, si con la guerra se entendiese que habían de ser más los agravios y robos y muertes y malos ejemplos, y por el consiguiente que o no habían de recibir el evangelio o le habían de recebir con ficción y odio de Cristo y de los cristianos, no sería lícito hacer tal guerra; cuarto, si los agravios hechos a cristianos no fuesen por la república ni por su Rey, ni él tal cosa supiese, sin requerirle primero y denuncialle guerra, no sería lícita la guerra; quinto, si los daños fuesen pequeños y hechos con justo temor de no verse enseñoreados de extranjeros, no sería justa la guerra; sexto, si los medios fuesen más aparejados para conquistar un gran reino y poseerle temporalmente, que no para convertille a Jesucristo, no seria lícito usar de tales medios. A este modo es fácil responder a todos los fundamentos del Memorial, y todo es hablar en el aire y dar en los broqueles.

En el segundo y tercero presupuesto o fundamento, en cuanto parece que pretende fundar que por las malas costumbres y vida contraria a la que enseña el evangelio, los infieles harán burla de nuestra predicación y se seguirán burlas y denuestos indignos de los predicadores por donde quiere inferir que es necesario ir con autoridad y potestad y fuerza de armas; adviértase que siempre la predicación del evangelio tuvo estas contrariedades, como San Pablo dice: Nos stulti propter Christum, y In hanc horam esurimus et sitimus et persecutionem patimur et blasphemamur, etc.; y Cristo apercibió de eso mismo a los suyos. Adviértase también que antes es gloria de los predicadores de Cristo ser afrentados y burlados y perseguidos por Cristo; y con esto véanse las Historias eclesiásticas y el discurso de la Iglesia, para que conste que siempre creció la fe y la conversión de las gentes con esas mismas contrariedades, así como Cristo por medio de su cruz, lleno de oprobios y persecuciones, obró nuestra salud y atrajo a sí al mundo. Si dicen que en los primeros fervores de la Iglesia fué así, mas después cesó eso; lo contrario es cierto por todas las Historias auténticas, como parece en la conversión de Anglia por la predicación de Augustino y Justo y los demás monjes que refiere largamente Beda, y en la conversión de los Sajones y gran parte de Germania por la predicación de Bonifacio y sus compañeros que envió el papa Zacarías y Gregorio II, como refiere Surio. Y así en otras naciones cuyas costumbres eran sin duda más bárbaras y fieras que son las de los Chinas; y lo mismo refiere San Bernardo de Hibernia en la vida de San Malaquías, que fué más de mil y cien años después de Jesucristo; y no se halla conversión digna de loor por medio de armas y pompa, como pretende el Memorial y adelante lo dilata más. Por donde se debe temer que hacer nueva introducción del evangelio y dar para esto regla universal, es cosa peligrosa, y no por eso se niega que donde los hombres sean tan salvajes y bárbaros, que más se hayan vuelto bestias, como son indios caribes, que sea necesaria alguna manera de potestad y compulsión, como en otra parte lo disputamos largamente. Pero en orden a la China, donde hay policía y gobierno, y la contrariedad al evangelio nace de la vida carnal que siempre el mundo enseñó a los suyos, no hay razón para buscar otras armas sino las de Jesucristo, y esas son las poderosas, esotras más empecen que aprovechan al evangelio.

Lo que se dice en el mismo fundamento tercero, que por la formal enemistad que tienen a los cristianos, porque en todos los reinos de la India los portugueses tienen esclavos de todas naciones, y los letrados pasan con ello como cosa lícita; necesidad hay de no poca distinción, si los tales esclavos tienen más de ser infieles y aborrecen la fe, porque si no hay más desto, no basta para hacellos esclavos. O si han sido contra los portugueses o contra los cristianos en cosas injustas y contrarias, y entonces si fuesen habidos en guerras hechas con sus requisitos, podrán ser esclavos. Mas porque esto no es del intento principal, no hay necesidad de proballo agora.

Al cuarto fundamento, véase lo que San Bernardo siente y escribe sobre esto en el libro 2.º De Consideratione ad Eugenium Papam, y mírese que la imitación de la cruz de Cristo ha de durar cuanto durare la Iglesia de Cristo. Y no se diga que en la Iglesia primitiva no se usó llevar gente y autoridad los predicadores y prelados, porque eran los primeros principios y no habían poder para ello, y que después acá tanto lo ha ido usando la Iglesia cuanto ha ido pudiendo. No suenan bien estas palabras ni tienen sabor de espíritu, sino de carne, que no fué falta de poder el no usar los primeros padres de autoridad y pompa, sino ser aquello lo más conforme al evangelio de Cristo y vida cristiana. Bien pudieran, como dice San Justino, mártir en su Apología, los cristianos defenderse por fuerza de armas y aun conquistar el imperio, según eran muchos y valerosos, mas escogieron, dice el mismo, morir antes que matar y padecer antes que reinar, como Cristo dijo de si a San Pedro que le quería defender con esas armas:Mitte gladium in vaginam, an putas quia non possum rogare Patrem meum et exhibebit mihi plus quem duodecim legiones angelorum? Lo mismo podía decir sin duda la santa Iglesia primitiva apostólica, mas no hacía eso, no por falta de poder, sino por sobra de amor de Cristo; y si los tiempos han sido después diferentes, no es porque lo de agora sea lo mejor, sino porque ya no es posible otra cosa, y ya que esto esté en el uso, lo otro ha de estar en la voluntad, y desearse y preciarse, y en cuanto la malicia de los tiempos diere lugar, procurarse remendar, y no como el Memorial pretende hacer lo menos bueno regla y enmienda de lo mejor y más recto.

4. El quinto, que derechamente toca el punto principal de la guerra de la China, está bastantemente tratado y satisfecho en el parecer que se dió arriba, y así no hay que impugnarlo de nuevo: sólo repito y digo que sería muy injusta demás de ser muy escandalosa a todo el universo la guerra que se hiciese contra la China, por este título de tener ley de no admitir extranjeros en su reino si no fuese habiendo primero probado todos los medios posibles de paz, y no quedando esperanza alguna de otro medio; lo cual, al presente no ha lugar, pues aún no se sabe el suceso que ternán los Padres de San Pablo que están allá. Ni es razón darnos tanta priesa a desahuciar a la China, pues Dios es el dueño y sabe cuándo llega su hora. También digo que, en caso que se hubiese de romper guerra, no puede justificarse para conquistar, sino sólo para dar paso y seguridad al evangelio; y débese mucho mirar la tercera condición que Santo Tomás pone para que la guerra sea lícita, que es de la recta intención, id est, que los medios respondan al fin recto, porque si la color que se toma es el evangelio y la verdadera intención es conquistar el imperio, imposible es que los medios de la guerra sean moderados ni convenientes, y aunque en todas obras humanas se requiere intención recta, pero por razón muy particular pone esta intención como condición en la guerra Santo Tomás por la razón dicha, y los que esta intención de los que han de hacer la guerra la toman como cosa de per accidens, mucho se engañan, pues es imposible medir los medios con lo que no es fin.

En el sexto fundamento, si las armadas de la China o sus capitanes o mandarines no consintiesen llevarse mensaje y embajada a su rey, siendo la embajada pacífica, no hay duda sino que harían gran agravio, y si por razón y medios buenos no se quisiesen persuadir a dejar entrar la embajada a su rey y señor, podrían ser compelidos y aun castigados cuanto fuese necesario al dicho fin de que la embajada llegase a su señor, pero no por eso se sigue que se rompa guerra al reino de la China, ni se adquiera dominio, y esto mismo que se dice ser lícito, queda de ver si es conveniente o si se seguirá más daño y escándalo, y el negocio de la fe se empeorará, porque si tal se entendiese la guerra sería ilícita.

En el octavo fundamento, que podemos compeler a los infieles no súbditos nuestros que oigan el evangelio y predicación, es contra la común y verdadera sentencia de teólogos, como Soto, Victoria, Bañes y los demás que escriben sobre a. 10 de la q. 10, 2, 2; y nuestro Señor dijo: Si non receperint vos in una civitate, ite ad aliam, ni el embajador tiene más derecho de ir a dar su embajada, ni puede compeler a que le oigan los que no se curan de oille. Lo que añade el Memorial a lo menos es llano e indubitable, que pueden forzarlos a que dejen predicar su doctrina en público, y en las partes y con el modo que a su ministerio conviene: esto está tan lejos de ser llano e indubitable, que el contrario es más verdadero, porque no sólo no podemos compeler a los infieles a que nos oigan, pero tampoco a que nos dejen predicar, si no fuese cuando unos quisiesen oírnos y otros no nos dejasen predicar. Pero si los magistrados y los que en efecto es república de común voz nos echasen, no podríamos compelerlos a que nos dejasen predicar. Los que más se alargan en este punto, dicen que si el príncipe no quiere y el pueblo quiere, o al revés, pueden ser compelidos; mas si de común nos echan, no podemos hacerles fuerza. Y de esta manera se ha de entender el noveno fundamento para ser verdadero. Cuando no consta de los menores si quieren oír o no, y consta de los mayores que no quieren que se predique, podría dudarse si pueden ser compelidos, y parece que in favorem fidei y de los que se pueden convertir, se ha de interpretar que quieren oír, en cuanto no consta de lo contrario: y así podrán los mayores ser compelidos pero esto ha de ser secluso scandalo et damno fidei, y después de haber procurado todos los medios pacíficos, y al cabo no más compulsión de que dejen libertad al evangelio.

El 10, 11 y 12 para ser verdaderos piden mucha distinción y limitaciones. La primera, que no se siga mayor daño y escándalo a la fe, de quitar el gobierno y mando a los mayores, pues por esta causa, dice Santo Tomás, que deja la Iglesia de hacerlo. La segunda, que se intenten otros medios pacíficos cuanto sea posible, como es el que los Padres de Xauquín usan de aprender ellos la lengua, para no tener ellos necesidad de intérpretes tan inconstantes y desleales; el persuadir a los mismos que mandan y gobiernan la verdad de nuestra fe, porque convertidos éstos, los demás se convierten fácilmente, y así, aunque en este medio se gaste mucho tiempo, es de mayor ganancia que esotros medios violentos, pues es más cierto que los naturales de la China siguirán más el gobierno y juicio de sus naturales que no sean extranjeros, que aunque por una parte nos mostremos blandos, por otra los oprimimos y vejamos más que sus mandarines. La tercera, que es privalles del gobierno, sea sólo en cuanto estorban la fe y hallándose han de estorballa; no es lícito, según la más cierta opinión que siguen los más autores, de que en otra parte tratamos.

El 13, 14 y 15 piden también distinción, y así a bulto conceder guerra contra la China porque un convertido hayan pervertido, es hablar al aire y sin consideración. Débese, pues, considerar que la guerra es en dos maneras, una defensiva y otra vindicativa o agresiva; la defensiva tiene derecho de proseguirse en cuanto se alcanza seguridad y no más, y así en los casos puestos en estos tres fundamentos sólo podrán los cristianos hacer por vía de armas que los infieles no maltraten a los fieles ni les impidan las costumbres cristianas y uso de sacramentos y doctrina, y esto podrán por armas cuando no aprovecharen otros medios pacíficos y juntamente no se siguiere más daño a la misma conversión y salvación de los fieles. Cuando es la guerra vindicativa, que es por el agravio recebido, como porque mataron a un cristiano o le aprisionaron, etc., no puede ni debe exceder la venganza del medio que dicta la verdadera razón, porque como Victoria dice doctamente, no por cualquiera injuria recebida se puede mover guerra, que es cosa tan atroz, ni ya que se mueva, no puede pasar a todo extremo, sino contentarse con el razonable castigo, y si pasa de allí, es injusta y inicua y obliga a restitución. Así que es cosa de donaire decir que por un cristiano que desaparecieron los Chinas se puede romper guerra a la China.

En el 16, que pueden los convertidos pasarse a las leyes y repúblicas de los españoles, dejando las suyas tan ocasionadas a infidelidad, es así verdad. Lo que añade que aunque ellos no quieran salirse pueden los nuestras sacallos de hecho, es falso y contra el uso y sentido de la Iglesia, la cual jamás fuerza a los baptizados a que dejen su patria y república, y aun sería gran escándalo para ellos hacellos tal fuerza, como por los otros, que viendo esto se retraerían del baptismo y conversión. Cuando en un particular hubiese causas particulares, puede la Iglesia, por vía de fuerza espiritual, obligalle a salir de tales ocasiones, pero aun esto no usa sino con gran tiento, cuanto más por fuerza corporal sacarlos a todos.

En el 17, aunque es verdad que el abuso y maldad de los ministros no quita su derecho al Papa y al Rey, pero está obligado el Papa y el Rey a procurar buenos ministros y usar los medios necesarios para que hagan bien su ministerio, y en caso que no confíen de sus ministros, que harán el deber, antes entienden que excederán de sus instrucciones y harán notables agravios a los naturales, tienen obligación a no cometelles el negocio de la guerra, pues es comunicar en pecados ajenos. Como el que sabe que dando la palmatoria al corrector, no ha de azotar, sino quebrar con ella la cabeza al muchacho, no se excusa con decir: ya le dije que no hiciese más de azotalle. Esto se entiende en los negocios que no son de obligación, porque en los forzosos, el que usa del ministro que tiene y le avisa lo que tiene de hacer, no se le imputa el desorden de su ministro. Pero en los negocios que no son obligatorios, como es enviar el Rey cuatro mil leguas a hacer que los Chinas se conviertan, teniendo millares en sus reinos y fuera de ellos que no tienen doctrina suficiente ni aun parte de ella, no hay duda sino que irán sobre la conciencia del Rey los agravios que sus ministros hicieren, si él entendió o debió entender que sería más este daño que el fruto de la predicación, y para con Dios que lo ve todo no es buena disculpa decir: buenas instrucciones le di.

5. Al capítulo cuarto.En el tercero párrafo dice que no ha lugar la moderada venganza o recompensa de solos los agravios recebidos, y quiere que se pueda hacer guerra de todo poder y rigor en todas las tierras de la India donde hay cristianos. Esto es contra el común sentido de los que tratan la materiaDe Bello, como en el Parecer está tocado, y es contra la manifiesta razón, porque siendo los daños particulares y no por vía de guerra rompida, pues contra están de paz con los portugueses, no se puede romper guerra contra ellos si no es precediendo embajada o denunciación para que satisfagan los daños hechos y aseguren los de adelante. Y cuando esto no haya efecto, de ninguna suerte se puede exceder el castigo que piden los delitos cometidos y agravios recebidos. Verdad es que si saliesen a la defensa ofendiendo y permaneciendo en sus maldades y daños, podrían ser debelados; pero la dificultad que esto tiene es grandísima por tener el Rey de España su poder tan distante, de donde se sigue que no tienen respeto ni temor los infieles, ni tampoco el Rey puede armar con tal gente y fuerza que les baste a poner freno, si no es pretendiendo conquista por satisfacción y recompensa de tales gastos y trabajo. Pues enviar de rondón a conquistar aquellos reinos y señoríos, tiene las dificultades que en el Parecer se ponen, y otra particular de que en efecto también los nuestros, digo los españoles o portugueses, han también hecho muchos daños y agravios en aquellas tierras, y por ventura en lo temporal no menos ni menores de los que han recebido, y la fe no la han publicado con la limpieza y ejemplo que ella manda; y así para castigar por guerra de todo poder aquellas gentes, no veo que esté justificada la causa en todo cuanto refiere el Memorial. Y si hubiese quien alegase por ellos, quizá habría tanto contra nosotros como por nosotros, lo cual se debe mucho considerar, porque realmente parece que ellos ternían justa guerra de su parte, si son verdades las que de insolencias de nuestra gente se cuentan; a lo menos hay bien que mirar quién debe y qué tanto debe.

En el quinto, cuando sea verdad todo lo que se refiere, no ha lugar el mover guerra por título de la predicación en la China en cuanto hay esperanza que por los medios pacíficos y mansos y prudentes que los Padres de la Compañía en Xauquín llevan haya conversión, ni hay para qué deshacer y apocar aquello tanto, pues hasta agora antes va ganando que perdiendo, y ya están tres Padres y otros seis o siete compañeros, y han impreso la ley de Dios y en la China parece muy bien como lo es, y el hermano del Rey ha mandado que vaya a él el Padre Rugerio. Todos estos son buenos indicios, y con ganar al que gobierna está toda la China ganada. Querer, pues, a este tiempo romper guerra es querer quemar la mies que comienza a granar. Y lo que dice que después dirá de la entrada de estos Padres y como antes en favor de que se haga guerra, cuando se trate, que es en el capítulo cuarto, se verá cuán fuera de razón va.

A todo lo que se dice en el párrafo sexto, de las dificultades que tiene la entrada de la predicación del evangelio en la China, se responde: Quis maior est qui in nobis est quam qui in mundo (1 Jo., 4, 4), y lo del profeta:Si quid, quia difficile est in oculis vestris, difficile erit in oculis meis, decit Dominus (Zach., 8,6). Dios sabe la hora y punto, todo se rendirá a Dios; la entrada de los Padres importa muy poco que haya sido por ocasión del reloj, que lo que a los hombres es ocasión, a Dios es caso muy pensado. Por ocasión de huir de la persecución de Hierusalem recibió el evangelio Samaria, y el eunuco de Etiopía; cada día se ven obras admirables sacadas de medios al parecer humano muy diferente.

Al capítulo sexto. Ninguno de los casos que refiere el Memorial en este capítulo ni todos juntos, no me parece que son causa justa de guerra formada contra la China, porque no son propiamente blasfemias contra nuestra fe ni in odium Chisti, sino in odium exter norum, para conservar su república y gobierno, y lo que ellos usan con todos que lo usen también con nuestros religiosos y sacerdotes y obreros, aunque es demasía, no llega a ser in contemptum fidei christianae. Demás de eso, han tenido y tienen vehementes causas de recelarse y temerse de nosotros, porque entienden que apetecemos su reino y que somos belicosos y a otras nuevas naciones hemos sujetado. Habiendo esto no es maravilla que se recaten tanto y que viéndonos estar allá unas y otras veces sin entender otro propósito sino que somos exploradores, traten mal a los que topan sin licencia suya. Antes es cierto mucho de maravillar y es gran indicio de su gobierno moral bueno, que no hayan quitado la vida a nadie en todas las veces que dice el Memorial, y se hayan contentado de prender y después avisar a los que han hallado sin su licencia. En particular en el segundo y tercero caso no llegó a obra, sino sólo dice que quisieron hacer. El cuarto, no es tan gran injuria querer cobrar por la vía que podían, pues el Rey de España lo ha hecho con ingleses y otras extranjeros.

El quinto, sexto y octavo y noveno, no muestran más de que a extranjeros pacíficos los trataron mal, mas habiendo el temor dicho, no es maravilla, ni se muestra que los echasen por ser predicadores de Cristo, pues ni aún llegó a su noticia de los Chinas que aquéllos iban a declarar la ley de Dios. El mismo Padre Alonso Sánchez, cuenta y se lo hemos oído, cuánta amistad le hicieron algunos Chinas, y cómo entre ellos hay de todo, unos avaros y perversos, otros más pacíficos y puestos en razón; y, en fin, no les quitaron su sayo ni su libertad ni la vida, sino sólo echallos y avisallos, y algunos agravios que particulares con cudicia y violencia les hicieron, otros superiores siendo informados de la verdad les enmendaron y satisfacieron; que todo es argumento de no merecer guerra por eso aquel reino. Y si tuvieron preso al P. Alonso Sánchez fué, según ha referido, porque ciertos portugueses le revolvieron con los Chinas, diciendo que los castellanos eran malos y que se guardasen de ellos, etc.

6. Al capítulo séptimo. En el capítulo séptimo hay que advertir que, aunque hay los estorbos que se refieren para ser cristiano, pero no hay puesta ley ni edicto que lo vede, ni han muerto ni preso a ninguno formalmente por ser cristiano y baptizado, ni aun defienden su idolatría como otros gentiles, ni como los turcos y moros su secta, antes refieren ciertos españoles fidedignos que cuando estuvieron allá en la China hacían burla de sus dioses y los escupían, y los mismos Chinas lo veían y se reían y aun hacían lo mismo. Así que no es odio que tengan con la ley de Jesucristo, sino el querer conservar su gobierno y estimar en poco a los extranjeros. Lo segundo se note que para el mismo fin de que no se ponga impedimento al evangelio, es mucho mejor medio el tener paciencia y proseguir por el modo que pueden los Padres de Xauquín, el dar buen ejemplo y noticia de Cristo, aunque sea tan despacio, porque como el Memorial dice, que ya desean convertirse algunos y muchos, es muy creíble y a Dios muy fácil poner el mismo deseo en algún gobernador y en el mismo príncipe de la China, y esta sería puerta certísima de mayor conversión de la China, y si en esta ocasión se viesen acometer con guerra, aborrecerían el nombre cristiano y con todo su poder le perseguirían, y de aquí resultaría la guerra in scandalum fidei. Lo tercero se advierte que sólo da derecho lo que se refiere en este capítulo, para amenazar a los Chinas que dejen libremente a los que quisieren ser cristianos, y si no lo hicieren, compelerles, y para esto era necesario tener el rey de España poder y muy superior cerca de la China, de suerte que temiesen; pero enviar este gran poder, cuando se pudiese hacer (lo cual con razón se duda), es cosa llana que no será para poner temor y defender los cristianos no más, sino para conquistar la China, lo cual por todo lo alegado hasta agora no puede hacerse lícitamente y con justicia y mucho menos con edificación de la fe.

Las razones que tienen los obispos y religiosos para hacer a los que se convierten que muden el hábito, o traigan alguna señal por la cual se conozca que son cristianos, deben de ser bien miradas, y era de desear las apuntara el Memorial, porque mirándolo desde acá parece cosa ajena del uso antiguo de la Iglesia, y que trae el inconveniente que dice el Memorial, de dejar de convertirse muchos por esto, sin ser cosa obligatoria.

Al capítulo octavo. Todavía hay duda si los Chinas hacen las demasías e injurias que refiere el Memorial in odium fidei, pues como de allá se escribe, les parece bien la ley de Dios y la alaban, y consienten que ande impresa, a los que la tienen les dan casa y los honran, digo de los nuestros, lo cual no hicieran los moros ni luteranos ni otros infieles que formalmente aborrecen la fe de Cristo. Tampoco consta del todo que sean claras persecuciones contra la fe ni blasfemias formales contra Cristo, ni persuasiones propiamente a que dejen la ley de Jesucristo, por las cuales causas es lícito hacer guerra a los infieles, como Santo Tomás dice, y parece que toda la aspereza que muestran los Chinas y mandarines a los que se baptizan, es por el temor que tienen que den entrada a los extranjeros en sus tierras, y ansí se hagan señores de su reino, y si de esto tuviesen seguridad no parece repararían en que se hiciesen cristianos, pues nunca vituperan a los portugueses ni españoles por ser cristianos, antes consienten que los Padres de Xauquín digan misa y usen las cerimonias cristianas.

Lo segundo es necesario averiguar que en aquellos casos que se refieren haber azotado y metido la tierra adentro aquellos cristianos, haya sido la causa el ser cristianos y no otra particular, y si para sentenciar a muerte un hombre se requieren probanzas, claro es y sin duda alguna cuanto más para sentenciar a guerra, que es a tantas muertes un reino.

Lo tercero, cuando en venganza de aquella injuria hecha a aquellos cristianos o a otros, se hubiese de mover guerra, había de ser con la moderación de justa recompensa y castigo, y no para conquistar y debelar la China, lo cual sería enorme venganza y haría la guerra ilícita y injusta.

Lo cuarto, si de romperse la tal guerra se entiende que se siguirían mayores agravios a los Chinas y cristianos, y se perderá la esperanza de convertirse de paz y por bien aquel reino y parte de él, no es lícita la guerra: y moralmente parece cosa cierta que se siguirá lo uno y lo otro, y que la tal guerra terná pretexto de volver por los cristianos baptizados y será en efecto librallos, sino enseñorearse los españoles de la China.

Lo quinto, ya que la guerra se hubiese de hacer, es necesario requerir primero al Rey de la China y a los mismos gobernadores que enmienden y satisfagan y den seguridad al evangelio y a la conversión, y para que esto tenga efecto y no hagan burla de tal requerimiento los de la China, convenía tener el rey de España tanto poder y tan cerca que con razón le tuviesen temor y respeto los Chinas, lo cual es imposible si no es con total determinación de conquistar y debelar la China, y procurar medios de guerra de veras, y los medios de paz de cumplimiento y de burla.

Por lo cual todo infiero que aunque la guerra, abstrayendo de circunstancias, fuera lícita por las causas expresadas en este capítulo octavo del Memorial, pero mirada la cosa hic et nunc con las circunstancias verdaderas y verisímiles, no es lícita.

7. Al capítulo noveno. Respóndese lo mismo que al pasado, que aunque sería justa causa de guerra la que se refiere tomada ella en sí; pero sin las limitaciones y con las circunstancias, y así que no será lícita.

Al capítulo décimo.Es necesario saber si los navíos que se refiere haber tomado y gente que han muerto, ha sido por particulares cosarios, como se sabe que ha acaecido, no guardando el orden de su rey y gobernadores. Lo segundo, en caso que sea con orden de los superiores, hase de considerar que ya los Chinas tienen notificadas sus leyes de que no les han de costear navíos de armadas o gente con armas, y así es lo mismo esto que el excluir extranjeros de su tierra. Lo cual aunque es injusto, pero por el temor justo que tienen, los excusamos para efecto de hacer la guerra por esta causa. Lo tercero, véase claro une no rehusan comercio, pues ellos tiene ganancias y permiten a los mercaderes portugueses en sus puertos, y a ningunos castellanos desechen este comercio pagando sus derechos e imposiciones; y no es mucho que con los que han ido de Manila hayan hecho lo que se refiere, pues no llevaban licencia ni iban en orden y estilo de tratantes, y no les hallando armas a todos les han dejado la vida y la libertad y la hacienda, lo que no hicieran en nuestros reinos con los extranjeros de quien tuvieran el recelo que los Chinas no sin razón tienen de los nuestros. Algunos agravios también que se refieren, han sido de puros particulares, y es mucho de maravillar que no hayan sido muchos más.

Adviértase otrosí, que las muertes que se refieren y tomas de navíos sucedieron, como dice en el capítulo siguiente, antes de poblar a Macán de portugueses, ni habelles dado su tierra los Chinas, y en aquel tiempo fueron no pocas ni pequeñas las pesadumbres y agravios y demasías que los Chinas recibieron de los portugueses, como consta por las mismas Historias de Portugal y de la India, desde que un fulano de Andrade entró por fuerza en el puerto, como refiere Osorio De Rebus gesti Emmanuelis. Querer, pues, agora alegar por causas de justa guerra los excesos que entonces hicieron los Chinas, y no tomar en cuenta lo que recibieron de los portugueses, es tener mucha gana de guerra.

Al capítulo 11. Al primero y segundo párrafo, digan los españoles qué hicieran con quien entendían que pretendían usurpar su reino, como habían hecho otros muchos.

Al tercero y los demás, hasta el décimo, que lo que pretenden los Chinas es no tener por vecinos hombres de quien tanto se temen y no sin fundamento, y que los agravios en el comercio y contratación se remedian en no contratar. Mas por una parte queremos contratar porque hallamos ganancia, y por otra parte dalles guerra por más ganancia nuestra, tanta cuanta solía o cuanta quisiéramos; no es justificación esta de guerra, sino prueba de nuestra cudicia, y por ello nos sujetamos a todas aquellas bajezas y opresiones; y con todo eso van a porfía de las Filipinas, y agora van de México a contratar con los Chinas a Macán, y los portugueses se quejan de los castellanos que les quitan sus ganancias, y para caso de guerra y conquista de China tratan de concertarse. No viene bien uno con otro.

Al undécimo, no es tan manifiesta injuria lo que se refiere, antes usada cosa entre príncipes etíamcristianos, lo cual al presente no curo de examinar, pero para hecho de guerra no es causa suficiente.

Lo que en el 12 y 13 se refiere es más grave y muy justa causa de hacer guerra a Cantón, si pasasen adelante, pero al fin los portugueses se están en Macán y tienen provisiones y bastimentos de la misma China, y el rigor que los mismos Chinas han usado y usan es por echar de Macán a los portugueses, por el gran temor que tienen que se les han de entrar y alzar con el reino, y no tengo duda sino que de los mismos Chinas, cristianos y de otros que tratan con los portugueses, han entendido los mandarines cómo es plática ya muy usada ésta de los portugueses, de ver cómo podrán ser señores de la China; y habiendo de por medio esto, como en efecto, pasa, diga quien más contrario es a los Chinas qué hiciera en semejante caso y qué aconsejara a los de su patria y nación. Cierto lo menos fuera quitarle los oficiales y agravar los derechos y quitar los bastimentos, porque sin duda dijera que era lícito echar por fuerza de armas los huéspedes tan peligrosos de la posada y vecindad que pacíficamente les habían concedido.

Al capítulo 12. Supuesto lo que se ha dicho, y ser así verdad que los nuestros tratan tanto de cómo señorearán la China, y entendiendo esto los principales Chinas y teniendo recelo y temor, mayormente sabiendo que tenemos rey poderoso; por eso pretenden a puros malos tratamientos echar de sí la carga de los portugueses. No es de maravillar de todos los agravios que en este capítulo se refieren; y no por eso veo que esté justificada la guerra contra la China, pues hemos dado nosotros la ocasión al mal tratamiento que nos hacen; sólo se sigue que habiendo poderoso brazo de nuestra parte podríamos justamente requerilles y amenazalles, y si no castigalles; mas en cuanto aquello está tan pobre y desnudo, no hay sino sufrir y dejar el puesto, porque ir a guerra formada desde España, no es lícito antes de justificarse el negocio y ponerse los medios que dice el parecer.

8.Al capítulo 13. Todo lo que en él se refiere no hace a nuestra justicia para mover guerra a los Chinas, como el mismo Memorial lo advierte, y así no hay que responder; solamente es de considerar que en este Memorial se pinta tan tiránico e inhumano el gobierno de la China, y en otras partes por la misma persona se encarece por maravillosa y lleno de prudencia, diciendo que es tal, que con su maña tienen innumerables gentes sujetas y rendidas y hartas de paz y de abundancias y riquezas.

Al capítulo 14. Ninguna cosa en este Memorial puede con razón ofender tanto como este capítulo que tanto deshace y abate lo que toda la Compañía tiene en mucho, y no sólo ella, sino el Vicario de Jesucristo, concediendo jubileo por las buenas nuevas y esperanza de la conversión de la China, de modo que o los Padres de allá escriben falsedad y toda la Compañía está engañada, o el Memorial no se debe en esta parte creer ni aceptar.

Que haya esperanzas no vanas, sino verdaderas, de que el medio de los Padres de Xauquín haya de fructificar, es argumento lo primero que lo que nunca hicieron los Chinas ni sus leyes lo permiten, que es dejar habitar extranjeros en sus tierras, eso han hecho con nuestros Padres, dándoles casa y morada muchos años. Lo segundo, que les dejan usar sus costumbres cristianas y tener capilla y decir misa. Lo tercero, que la ley de Dios se va publicando impresa en la misma lengua de la China, y no sólo no la contradicen, pero la alaban y veneran. Lo cuarto, que se va aumentando, consintiendo que entrase otro Padre portugués que es superior y otros compañeros cristianos, que por todos son diez o doce. Lo quinto, que el hermano del rey de la China ha enviado a llamar al Padre Rogerio para verse con él. Lo sexto, que en toda aquella tierra tienen opinión de buenos y son estimados por tales los Padres de San Pablo, especialmente aquellos Padres italianos. Hacer desprecio de todo esto y querer guerra, parece contra toda buena consideración y prudencia, no sabiendo ahora en que pararán estos principios.

Mas lo que verdaderamente sustenta y fortifica esta esperanza es la misericordia del Señor, de la cual hay grandes indicios. Lo primero en haber Dios inspirado tan buenos deseos en tantos siervos suyos, especialmente en el santo Padre Francisco Javier, cuyos trabajos y oraciones y muerte en aquella demanda no se debe creer se hayan de frustrar. Lo segundo, ser medio conforme al evangelio. Lo tercero, entrar por la puerta de la cruz y vituperio que, como San Pablo dice, no puede ser entrada vana. Lo cuarto, la multitud de rogativas que en la Iglesia de Dios se hacen y especialmente en la Compañía, por aquellos reinos. Lo quinto y principal, que Jesucristo tiene prometido que su evangelio se ha de comunicar por todo el universo, y no se puede creer de las entrañas de Dios que tenga olvidadas tan innumerables gentes, y es gran atrevimiento querer anticipar los caminos de Dios, pues sólo él sabe la hora y punto en qué haya de llevar su luz a las almas.

Lo que dice el Memorial, que aunque los Padres de Xauquín estén con seguridad, es como echar una gota de agua en la mar, y que este medio es muy espacioso y lleno de contingencias; paréceme que es mirar las cosas de Dios con ojos del mundo. Debemos acordarnos del grano de mostaza que dice el evangelio, y de lo que San Pablo dice: Videte vocationen vestram, etc., y de lo de la Escritura: Facile est Deo vincere sive in multis sive in paucis, y los ejemplos de la Iglesia y su crecimiento lo muestra bien; cuánto más que por pura razón humana es más verisímil que por bien se persuadan las cabezas y tras ella todos el reino, que por violencia de armas cobrando odio mortal contra el nombre cristiano, y acometiendo cosa tan llena de dificultades o imposibilidades. Ni hay que pensar que el Japón en esta parte sea de mejor condición para atraer la fe por bien, y la China haya de ser atraída por mal.

Hace también particular disonancia otra razón que en el dicho Memorial se toca, de que la secta de Mahoma ocupará la China y cerrará del todo la puerta a la fe cristiana. Si los Chinas son tan enemigos de extranjeros y conservan tanto su ley, ¿cómo es verisímil que se dejen sujetar de moros?, o ¿por qué han de dejar su ley por la de Mahoma y no por la de Cristo, que es limpia, justa y buena?; pues si pretenden ser sucios y bestiales, no han menester el Alcorán, teniendo en su ley tanta anchura para eso.

Digo, pues, con toda resolución, que en cuanto duran las buenas esperanzas, que no vanamente, sino con mucho fundamento se han concebido de la estada de los Padres de Xauquín y de la conversión de la China por este medio, no sólo no está obligado el Papa y el Rey, aunque les sobre poder, a hacer guerra a la China, pero que pecarían gravemente en ello, escandalizando la fe, y quien tal parecer les diese no sé qué cuenta daría ante el tribunal de Jesucristo.

Al capítulo 15. A los cuatro títulos a que al Memorial reduce la justificación de la guerra de la China, en el Parecer está suficientemente satisfecho. De los demás reinos y poblaciones de la India, no es mi intento contradecir ni confirmar lo que el Memorial dice cerca de ser lícita la guerra contra ellos; sólo de la China he respondido lo que siento, habiéndolo mirado y considerado y estudiádolo con atención y diligencia y puro deseo de acertar la verdad.

Para concluir toda esta disputa, a tres posiciones reduciré lo que siento de la guerra de la China. La primera es que, al presente, como están las cosas, no es justo ni lícito romper guerra contra la China. La segunda, que es lícito y muy meritorio poner bastante defensa en lo que el rey tiene cercano a la China, con tal fuerza por mar y por tierra, que ponga temor y freno a la China. La tercera, que cuando la predicación no sucediere por los medios que se llevan de paz ni por otros que con entera razón se perdiese la esperanza, sería lícito denunciando primero que admitan de paz predicadores del evangelio, y no lo quiriendo hacer, movelles guerra con tal moderación, que sólo sirviese de compeler a los Chinas a dar lugar a la predicación y a la conversión de los que quisiesen oír y recebir la ley de Jesucristo, y cuando se pusiesen a total resistencia y con el castigo moderado no se rindiesen, sería lícito proseguir la guerra de todo poder hasta debelar y conquistar la China. En cada una de estas proposiciones hay mucho que declarar porque son cosas morales que penden de mil circunstancias; y por agora hasta así en general haber dicho lo que siento, y respondiendo a los fundamentos contrarios, sub correctione sanctae matris Ecclesiae romanae et cuiusvis melius sentientis. México, 23 de marzo 1587.- Josef de Acosta.




ArribaAbajo- XI -

Carta al Rey Felipe II de presentación para la visita de Andalucía (Madrid, 13 de enero de 1589)


Al rey nuestro señor.-De la Compañía de Jesús.

Señor: El Padre General de la Compañía de Jesús, deseoso de que V. M. sea servido como debe en todo lo que se ofreciere mandar a la Compañía, ordena a todos los Provinciales de España que cualquier cosa que entendieren ser la voluntad de V. M. y de su real servicio, la cumplan y ejecuten luego sin hacer recurso a Roma ni esperar respuesta de su General; y al Rector de Madrid envía orden que dé aviso a cualquier parte de lo que supiere ser voluntad de V. M. para que con toda presteza se acuda a su real servicio.

Estas provincias de España no se han visitado por orden del General algunos años ha, por impedimentos justos que se han ofrecido. Agora para visitarlas, como sus constituciones lo ordenan, ha puesto los ojos en algunas personas que entienden serán aceptas a V. M. y suficientes para el efecto, para que V. M. señale dellas las que fuere servido; y no siendo V. M. servido de señalar, visiten las que él juzga que harán esto con mayor satisfacción de V. M. y provecho de las provincias.

A quien hubiere de visitar, desea el P. General mande V. M. dar el orden o instrucción que fuere servido, para que en la visita se averigüe lo que fuere su real voluntad, porque con toda fidelidad y verdad ejecutarán lo que les fuere mandado, y darán relación a V. M. de lo que fuere servido saber.

En algunas cosas que se entiende han representado a V. M. tener necesidad de remedio en la Compañía, el P. General ha dado de nuevo orden, al parecer muy conviniente, con que se cree cesarán algunos inconvinientes y descontentos, y en otros va dando el mejor orden que puede, con deseo y cuidado de acertar en todo. Suplica a V. M. humildemente se sirva de mandar comunicar con él, o con la persona que envía, las dichas quejas de que se desea remedio, para que se vea si están suficientemente remediadas, o si debe la Compañía y el General della hacer otra cosa. [Madrid, 13 de enero de 1589.]

Yo acudí a Mateo Vázquez, como V. M. por don Juan de Idiáquez me mandó. Díjome que V. M. aceptaba en servicio lo que el P. General le había enviado a ofrecer, y que V. M. había tenido muy particular voluntad a la Compañía y siempre la ternía en lo que se ofreciese hacerle merced. Por ésta que es muy singular beso a V. M. los pies. En el particular de visitarse la Compañía me dijo que juzgando el Padre General que era conveniente y conforme a nuestros estatutos, lo podría hacer por las personas que le pareciesen idóneas. Aunque deseábamos que esto fuera dando V. M. de su real mano quien visitase, y lo tuviéramos por crecida merced, no deja de serlo grande remitirlo V. M. al parecer del General. Y así, viendo ser ésta su real voluntad, abrí el pliego que para este efecto venía, y el orden del P. General es que visite las provincias de Toledo y Castilla Gil González Dávila, y las de Aragón y Andalucía Josef de Acosta; y no siendo V. M. servido de mandar otra cosa se hará así. Si V. M. se sirviere demandar algo para esta visita o para otro efecto cualquiera, ternémosla por grandísima merced y favor, y como vasallos fieles cumpliremos con todas nuestras fuerzas el mandato de nuestro rey y señor. [A 16 de marzo de 1589.]

Dios guarde la católica persona de V. M.-Josef de Acosta.




ArribaAbajo- XII -

Relación de la visita a la provincia de Andalucía, dirigida a Su Majestad. Cádiz, 24 de febrero de 1590


1. Señor: Comenzóse la visita de esta provincia de Andalucía por el mayo pasado de este año de 89, y hasta todo el mes de septiembre las casas que he visto son: Baeza, Córdoba, Montilla, Granada. En todas ellas hay estudios, la de Baeza tiene como treinta religiosos, la de Córdoba setenta, la de Montilla por ser juntamente noviciado, casi otros setenta, la de Granada sesenta.

En Córdoba se juntaron con el visitador al principio de la visita el provincial y padres graves de esta provincia, parte de superiores y parte de otros, donde se confirió de lo necesario para reformación y buen modo de proceder, y se trataron algunas ordenaciones de nuevo enviadas por el P. General, especialmente de acudir luego a cualquier cosa que Su Majestad se sirva mandar a la Compañía, sin hacer recurso ni consulta a Roma, de tener por revocados todos los privilegios dados a la Compañía, que no son del gusto de los señores del Santo Oficio, de dar orden que luego hiciesen profesión los que son aptos para ella, de ir pensando las personas idóneas para gobierno para ocuparlas en él. Estas ordenaciones y las demás cosas que se trataron en la dicha conferencia se enviaron a todos los colegios y casas de la provincia, y por el efecto han parecido de mucha importancia.

Desde el dicho mes de mayo han hecho profesión, de suerte que ni tienen ni son capaces de herencia, nueve de los antiguos, y con brevedad la harán otros muchos.

De los que están en el noviciado fueron despedidos tres, por no hallarlos idóneos para la religión. De los que han hecho los votos acabados dos años, ha sido despedido uno sólo por indisposiciones y causas muy justas a petición suya. Para ser de la Compañía ha sido admitido sólo uno, porque aunque ha habido y hay muchos que hacen notable instancia por ser recibidos, ha parecido que la provincia tiene bastantes sujetos, y que están las casas con menos renta y hacienda de la que es menester para sustentarlos.

Hanse enviado en este tiempo diez y ocho sacerdotes de dos en dos a misiones, a partes necesitadas de doctrina, dos por la tierra de Córdoba, dos por la campiña, dos a las Alpujarras de Granada, otros dos a villas del llano, dos a Zahara, y así otros a otras partes. Van estos religiosos a pie y pidiendo limosna conforme a su regla. Es notable el fruto que han hecho y van haciendo. Todos ellos son teólogos y algunos de los mejores predicadores. Dura una misión de éstas dos o tres o cuatro meses, conforme al número de los pueblos y necesidad de doctrina. Otras diversas misiones están señaladas aunque no ejercitadas.

Fuera de éstos han salido de la casa de probación o noviciado a peregrinar y decir la doctrina cristiana otros doce, yendo siempre un sacerdote antiguo con dos novicios para hacer algún fruto con su doctrina.

Sin éstos por orden de Su Majestad se han enviado a las Filipinas otros dos religiosos, buenos sujetos.

Por estar los colegios con necesidad, se ha puesto la moderación posible en edificios y otros gastos.

En los estudios se ha asentado, conforme a la orden del P. General, que los catedráticos de teología sigan enteramente la doctrina de Santo Tomás, y así en la filosofía como en la teología se eviten nuevas opiniones, y en esto se ha puesto especial diligencia. En las escuelas de latín se ha añadido una clase en Córdoba y otra en Granada, para satisfacer mejor al número de los oyentes.

El modo de enseñar la doctrina por las calles y plazas y el de predicar que usaron los primeros de la Compañía, se ha renovado, y el acudir a cárceles y hospitales con más frecuencia.

En estos particulares y en otros se han puesto los medios necesarios para que haya ejecución, parte con amonestaciones comunes, parte con trato particular de cada uno, y parte también, con el rigor cuando ha convenido. No ha quedado persona alguna de las casas que se han visitado a quien el visitador no haya llamado y oído y recebido sus avisos o quejas, y por escrito cuando ha convenido, procurando consolar y corregir y remediar lo que se ha ofrecido.

Por la gracia divina puedo dar testimonio, y así le doy ante su divina Majestad que me ha de juzgar que, a cuanto agora he visto, hallo buena disposición y observación religiosa en esta provincia y aunque hay algunos menos perfectos y menos observantes que otros, lo común y lo más y lo mejor es do gente deseosa de agradar a Dios y salvarse, y que de su instituto y gobierno de sus mayores tienen satisfacción y contento, aunque también algunos han sido desconsolados o por sus faltas o por las que sus superiores han tenido en el gobierno, a los cuales hasta agora no ha sido difícil el consolarlos, y cuando la visita se acabe y quede todo en el orden que se pretende y parece convenir, se entiende serán aun más consolados y ayudados para proceder bien en su religión y santo instituto.

2. Señor: Desde Granada di cuenta a V. Majestad de la visita que hasta el octubre pasado tenía hecha en los colegios de Baeza y Córdoba y Montilla y Granada. Agora las daré de los que después acá he visitado, que son la Casa Profesa de Sevilla y los colegios de Marchena y Trigueros, Jerez y Cádiz, que al presente estoy visitando.

En este tiempo se han puesto en ejecución algunas ordenaciones importantes que el P. General de nuevo ha enviado a estas provincias. Una es que todos los rectores o superiores se desocupen cada día una hora, o por lo menos a tercer día, y en aquella hora a solas consideren las faltas de su gobierno, y las necesidades y medios que para remediarlas puede haber, leyendo para este efecto un rato lo que toca a sus oficios, y pidiendo a Nuestro Señor luz y gracia para acertar. Esta ordenación se va cumpliendo y se halla ser de mucho provecho. También lo es otra de conferir con sus consultores cada ocho días una hora sobre la observancia de sus reglas e instituto. La última ordenación ha sido para ocurrir a las necesidades temporales de los colegios que están muy empeñados y adeudados, prohibiendo el tomar a censo, y recibir más número de sujetos, y hacer gastos de fábrica y edificios. En esta parte de estar muy trabajados con deudas y censos los colegios, y haber hecho algunos edificios y gastos con menos consideración de lo que convenía, hallo mucha necesidad de remedio. He conferido dos veces haciendo junta de los padres graves y expertos sobre esta materia, y parece se van tomando algunos medios para repararse el daño dicho.

En lo espiritual hallé también alguna necesidad de reformación, especialmente en la casa de Sevilla, donde es grande el concurso del pueblo a recibir la doctrina y sacramento en aquella casa. Hízose el examen que convenía de predicadores y confesores, y alguno que no fué hallado tan idóneo, se le quitó el ministerio hasta serlo, y a otros se moderó conforme a su suficiencia. Comúnmente hallé buena suficiencia de letras y religión. El propósito de aquella casa se mudó: éralo el P. Antonio Cordeses, hombre muy antiguo y que ha sido provincial de diversas provincias mucho tiempo, y por su persona muy ejemplar; mas por estar ya muy viejo y haber regido aquella casa ocho años, pareció descargarle. En su lugar se dió el cargo al doctor Esteban de Hojeda, hombre antiguo en la religión y letrado, que fué colegial en el colegio de Cuenca de Salamanca, y al presente era rector del colegio de Málaga.

También se mudó el rector de Córdoba, que era Juan de Montemayor, hombre docto y buen religioso y prudente; fué necesario mudalle por haber ya dos trienios cuasi que tenía el cargo, y en esta provincia era tenido por algo parcial y los más de ella no estaban bien con él, y así convino mudalle a la provincia de Castilla de donde él era. En su lugar sucedió Juan de Sigüenza, sobrino del inquisidor Rego que fué de Valladolid, hombre docto y religioso y acepto en su gobierno, que era rector del colegio de San Hermenegildo de Sevilla. En el dicho se puso por vicerrector Melchor de Castro, que era en él el catedrático de teología más antiguo; y en el colegio de Málaga se puso Cristóbal Méndez, que era compañero del provincial; y se le dió por compañero Francisco Duarte, que se entiende ayudará bien. Estas elecciones comúnmente han dado satisfacción, algunos entiendo no se han contentado: hanse hecho oyendo y tomando los mejores pareceres de la provincia, y espero saldrán bien.

Profesión hicieron tres religiosos antiguos en Sevilla, y para otro número bueno están hechas las diligencias que se requieren, y harán profesión, de modo que todos los antiguos la hayan hecho antes de acabarse la visita, si no fuere los que con justo examen no se hallaren idóneos.

Algunos inquietos fueron corregidos con penitencias públicas y secretas, y uno que era muy perjudicial por su mala lengua y ruines costumbres, después de haberse hecho copiosa información, fué excluido de la Compañía, aunque sin título afrentoso por causa de sus deudos, a quien también era justo que remediase, por padecer su madre y cinco hermanas gran necesidad: llámase éste Miguel de Medina, natural de Baeza.

Algunos muy antiguos en esta provincia fueron notados de ambición y pretensión de cargos, y así por esto como por no se tener de su gobierno que otras han tenido la satisfacción necesaria, antes ser tenidos por parciales, no fueron promovidos.

En todos los colegios que se han visitado se han ido poniendo oficiales y renovando la observancia de obediencia y pobreza, y procurando que los antiguos den ejemplo en ésto. También se han puesto maestros y predicadores y confesores donde había necesidad, y a lo que se puede pensar las cosas han quedado bien mejoradas y con paz y contento general, si no fuese por ventura de algún inquieto ambicioso, que éstos nunca se contentan sino con alcanzar lo que pretenden.

De estas cosas y de otras más particulares daré personalmente cuenta a Vuestra Majestad siendo Vuestra Majestad servido, en acabando la visita de esta provincia de Andalucía, de la cual queda ya poco por visitar. Dios Nuestro Señor guarde a V. M. muchos años para defensa de la religión católica y amparo de todas las religiones de la santa Iglesia y de esta mínima Compañía de Jesús, en la cual todos continuamente suplicamos a su divina bondad la prospere felicísimamente. Amén.

En Cádiz, 24 de febrero 1590.

3. La Provincia de Andalucía de la Compañía de Jesús.

Casas.-Tiene 14 casas. La casa profesa de Sevilla. Colegio de San Hermenegildo en Sevilla. Colegio de Córdoba, de Granada, de Montilla con casa, de probación, de Baeza, de Málaga, de Écija, de Marchena, de Jerez, de Cádiz, de Trigueros, de Cazorla, de Úbeda.

Sujetos.-Hay en estas casas 440 sujetos; de éstos son sacerdotes, 159; hermanos estudiantes, 103; coadjutores temporales, 146; novicios, 32; de los sacerdotes son profesos los 56.

Renta.-La renta que tienen en todas las casas dichas es 23.071 ducados; paga de censos, 6.029 ducados; quédale en limpio, 17.024 ducados de renta.

Ocupaciones.-Tiene seis cátedras de teología escolástica, dos de escritura sacra, una de teología moral o casos de conciencia, cinco de artes y filosofía, una de lenguas, tres de retórica, 23 de gramática. Son por todos los religiosos que leen, 41. Sin éstos hay escuelas de leer y escribir, cinco, con que se ocupan nueve religiosos. Son por todos, 50.

Los demás se ocupan conforme a su estado: en regir, 27 sacerdotes; un provincial, 14 superiores locales, 12 ministros. Los demás sacerdotes, en predicar, confesar y otros ministerios de prójimos. Estudian teología, 43; artes, 28; lenguas, 12; casos de conciencia, seis. Los demás estudiantes que restan a 103 leen gramática o están en probación.

De los hermanos coadjutores se ocupan en las escuelas de niños, nueve; en albañilería y carpintería para edificios, 12; en haciendas y casas de campo, 19; los demás, en servir diversos oficios.

Estudiantes de fuera.-Los estudiantes de fuera que oyen en nuestras escuelas serán 2.650; los niños que aprenden a leer y escribir, 1.150; por todos, 3.800.

Lo que se ha hecho en esta visita del año de 89 y 90.

Profesiones.-Hanse hecho profesos, 17, y quedan propuestos para hacer profesión, 18.

Cargos de superiores.-De oficio y cargo de rectores y superiores se han mudado nueve, por haber largo tiempo que gobernaban y por otros respectos, y otros de nuevo se han puesto, en sus oficios.

Consultores.-Al Provincial se le han dado nuevos consultores, y mudado el compañero y admonitor.

Misiones.-Hanse enviado a diversas misiones a pie y pidiendo limosna 18 religiosos, a las partes más necesitadas de doctrina del Andalucía, donde con sus predicaciones y ministerios han hecho notable fruto. Hanse enviado agora de nuevo en la misma forma otros 12 sacerdotes a otras misiones.

Ordenaciones.-Hanse hecho diversas ordenaciones tocantes a la pobreza y reformación y más estrecha observancia del Instituto.

Temporal.-En lo temporal se han tomado las cuentas de estos diez años pasados y dado orden cómo las casas y haciendas se vayan desempeñando y acomodando.

Predicadores y confesores.-Hanse examinado los predicadores y confesores de cuya suficiencia podía haber duda. Fueron privados de oír confesiones, por hallarlos insuficientes, dos, y otro de predicar porque, aunque predicaba doctrina católica, era con demasiadas curiosidades y poco fruto. A otros re les limitó la facultad conforme a sus méritos.

Castigos.-Por diversas culpas han sido castigados ejemplarmente tres con cárceles y pan y agua y disciplinas y otras penitencias, y otros tres por menores culpas han sido puestos en el noviciado siendo antiguos. Cinco han sido despedidos de la Compañía por causas muy justas y bien examinados.

Muerte de Luis Rodríguez.-Hízose averiguación sobre la muerte de un Padre, Luis Rodríguez, que en años pasados sucedió en la provincia de Toledo, que algunos quisieron imputar al Provincial que entonces fué, y al tiempo de esta visita era prepósito de la casa de Sevilla. Y averiguóse no haber tenido culpa, porque la prisión del dicho Luis Rodríguez fué justa, y la muerte fué de enfermedad natural que tuvo, como consta del proceso. Y aunque el dicho prepósito en esta visita fué removido del oficio, no fué por esta ni por otras culpas, sino por ser ya muy viejo y haber más de treinta años que gobernaba continuamente en diversos cargos.

Inquietos.-Muchos de los que estaban descontentos se han quietado con esta visita y quedan consolados; otros no acaban de quietarse y siempre tienen nuevas quejas y pretensiones ocultas, de los cuales se ha sabido por descubrirse unos a otros. Estos, según su modo de proceder tan libre y ajeno de religión, claramente se ha visto que no se quietarán hasta que se cumpla su apetito de verse en cargos, porque, aunque representan celo de su religión y deseo de reformación, realmente son movidos de ambición y de pasiones particulares.-Josef de Acosta.




ArribaAbajo- XIII -

Carta al Rey Felipe II de presentación para la visita de Aragón. Dada al Rey el 16 de septiembre de 1590


Señor. El P. General de la Compañía de Jesús, con la voluntad que tiene del servicio de V. M., la cual. ha mostrado no sólo en las cosas que por parte de V. M. se la han mandado, sino acudiendo también a otras sin que se las mande, como V. M. habrá entendido con los particulares servicios que por medio de la Compañía se te han hecho; entendiendo que para algunas cosas en que se puede ofrecer quererse V. M. servir de la Compañía, el esperar los nuestros orden de su General podría causar dilación en el servicio de V. M., ordena a todos los provinciales de España para que, cualquiera cosa que entendiesen ser la voluntad de V. M. y de su real servicio, la cumplan y ejecuten luego en todas estas provincias y reinos de V. M., sin hacer recurso ni consulta a Roma ni aguardar respuesta del General. Y al rector de Madrid envía orden para que dé aviso a cualquiera parte de lo que supiese ser voluntad de V. M., para que con toda presteza se acuda a su real voluntad y servicio.

Por cuanto estas provincias de España no han sido visitadas por orden del General muchos años ha, a causa de haberse ofrecido algunas dificultades que han obligado a suspender la visita; y al presente tienen necesidad de ser visitadas como sus constituciones lo ordenan, y lo pide la razón y el uso de todas las religiones; deseando el P. General que esta visita sea a satisfacción y gusto de V. M., envía nombradas las personas que entienden serán más aceptas y más al propósito para hacer este oficio, para que V. M. señale las que más fuere servido.

A quien hubiere de visitar desea el P. General mande V. M. dar el orden o instrucción que fuere servido, para que en la visita se averigüe lo que fuere su real voluntad, porque con toda fidelidad y verdad ejecutará lo que les fuere mandado y dará relación a V. M. de lo que fuere servido saber.

Porque de algunos memoriales que hombres inquietos y descontentos de la Compañía han dado y enviado de España a Roma a Su Santidad, mandándolos el Papa comunicar con el General de la Compañía; se ha visto contener muchas y muy claras calumnias y falsedades contra el instituto de la Compañía y contra su modo de proceder en gobierno, y contra la persona del General, y se entiende que semejantes memoriales se han dado a V. M. o a ministros suyos; desea y suplica humildemente el P. General a V. M se digne de querer ser informado de lo que pasa con toda verdad, y para el efecto se sirva de mandar dar copia de las cosas o quejas que en los dichos memoriales se contienen, para satisfacer a ellas. Y, pues, V. M. es tan justificado en todas sus cosas y se esmera tanto en que a todos, grandes y pequeños, se les guarde su justicia; haga la misma merced al General de la Compañía y a toda su religión, de no admitir delaciones y quejas de los súbditos sin que se dé noticia al superior, para que responda y satisfaga por sí, porque de lo contrario se puede seguir gran pérdida y menoscabo de la observancia religiosa.

También en muchas cosas que se han representado a V. M. tener necesidad de remedio en la Compañía, el General ha dado de nuevo orden al parecer muy conveniente, con que se entiende cesarán algunos inconvenientes y descontentos, y en otros va dando el mejor orden que puede, con deseo y cuidado de acertar en todo. Suplica a Vuestra Majestad se sirva de mandar comunicar con él o con la persona que envía las dichas cosas de que se desea remedio, para que se vea si están sufi cientemente remediadas, o si debe la Compañía y el General de ella hacer otra cosa.




ArribaAbajo- XIV -

Carta en que da cuenta de una visita de Felipe II a la Compañía de Jesús en Valladolid. (Valladolid, 5 de agosto de 1592.)


Pax Christi et gratia. El domingo pasado nos hizo Su Majestad merced de visitar nuestra iglesia a hora de misa, y el lunes siguiente al colegio anglicano por la tarde.

Envióme el sábado en la tarde el señor García de Loaysa a avisar que el domingo vernía a oír misa Su Majestad a esta casa, y el oficio se hiciese a nuestro modo. Diónos cuidado ser aquel día de jubileo, que en esta villa le ganan con grande y universal y devoción, y como la iglesia donde el Rey va a oír misa se defiende la entrada a la gente poniéndose la guardia a la puerta, no era posible dar recaudo a las confesiones y comuniones. Mas con aprobación de Su Majestad se dió esta traza, que las dos naves colaterales se atajaron con bancos y palos y alfombras, y las mujeres comulgaron en la capilla del Crucifijo que cae a los confesonarios, y los hombres en la capilla de Nuestra Señora de Loreto, a la otra banda, y el cuerpo de la iglesia y crucero quedó desocupado para Su Majestad. El cual vino con sus altezas y damas y toda su corte, teniendo puesta la cortina junto al púlpito, y el estrado de las damas a mano izquierda, y a la derecha el banco de grandes; el arzobispo de Santiago, que hizo el oficio de capellán mayor, sentado en silla rasa delante de las gradas; el banco de los grandes, al otro lado, todo por orden de Su Majestad.

Esperamos su venida puestos en procesión con la cruz y ciriales, a la reja de la capilla mayor, y luego los hermanos y padres hasta la puerta de la iglesia con el sacerdote, que decía la misa revestido con su capa, y dos sacerdotes, con sobrepellices, y muchos señores de la casa del rey allí también con nosotros. Vino Su Majestad ya cerca de las diez, adoró la cruz y echóle el preste agua bendita, como es uso, y comenzaron los nuestros Te deum laudamus. El Rey, como no conocía al P. Provincial, habló conmigo, diciéndome que su venida nos había embarazado de nuestras confesiones y comuniones y que le pesaba de ello. Dije que para toda había lugar con la traza que Su Majestad había dado, dando las gracias por la merced que nos hacía. Preguntóme cuántos religiosos había en casa y cuantos en el colegio de San Ambrosio, y si estaban allí los del colegio, y en estas pláticas llegó a su cortina y se comenzó luego la misa, la cual cierto se ofició muy bien y con harta decencia y devoción, porque provenimos que entre casa y colegio se escogiesen docena y media de buenas voces, y se les dió un prefecto que estaba bien en ello, y a todos los demás se ordenó que callasen y adorasen en silencio. Todavía comunicado primero con algunos señores de la casa del Rey, pareció que se usase un organillo o realejo, para que con una voz buena de la iglesia mayor se dijesen después de alzar a modo de motete, unos versos de David: Domine, salvum fac regem in die qua invocaverimus te. Domine in virtute tua laetabitur rex, et super salutare tuum exultavit vehementer, etc. Esto sonó y pareció muy bien.

Acabada la misa, llegó el P. Provincial y algunos otros Padres al Rey, y yo dije a Su Majestad: Es el P. Provincial nuestro. Con esto el Rey volvió el rostro, y el Padre le dió las gracias de la merced que había hecho a aquella casa. Saliéndose, el Rey mostró contentarle la iglesia. Díjele que todavía quería parecer a la de Su Majestad de San Lorenzo. Dijo el Rey con donaire: Esta debió de ser primero. Y preguntando otras no sé qué cosas, en fin salió por la misma iglesia.

Fueron realmente todos muy contentos, porque la iglesia parecía muy bien así desembarazada, y los altares y reliquias estaban muy bien adornados con cera y flores y pomos de olor. El señor García de Loaysa especialmente nos alabó el tono y buen modo de oficiar, diciendo que era la primera vez que lo había oído y le había contentado mucho; que para materia en que tan poco solemos valer, no fué poca ventura. De la casa y corte del Rey apenas faltó señor ni caballero, mostrando todos hacernos mucha merced. De los grandes estuvieron el duque de Medinaceli, el marqués de Astorga, el marqués de Aguilar y el de Denia; los tres primeros no estuvieron en público ni vinieron con el Rey, sólo el último estuvo en el banco de grandes. Esta fué la fiesta de nuestra casa. La del colegio angélico diré agora.

El lunes, después de comer, tuvieron aviso el P. Personio y el P. Rector del seminario angélico, que Su Majestad iba aquella tarde, y así nos avisaron al P. Provincial y a mí. Hallamos la casa muy bien adrezada, a la puerta muchos ramos, la capilla bien colgada, con muchos papeles de versos de San Albano, y tres almohadas para Su Majestad y Altezas, donde hiciesen oración. En una pieza grande, donde hacen refitorio y oficinas, tenían puesto un estrado con tres sillas reales, las paredes todas colgadas de tafetanes llenos de enigmas y pinturas y poesías en diversas lenguas, harto ingeniosos, y todo bien adrezado. Su Majestad, después de haber estado en la casa del conde de Buendía y pasado por el colegio de Santacruz, vino ya tarde al colegio de San Albano, y hecha oración en la capilla, hallándose allí el arzobispo de Santiago, pasó a la pieza grande que he dicho, donde estaban frontero a un lado los colegiales ingleses, que pasaban de cincuenta, que cierto con su modestia eran un agradable espectáculo.

Sentado Su Majestad y sus Altezas en sus sillas, y todos los caballeros y señores al derredor, y las señoras en su estrado; el P. Personio dijo al Rey cuáles de aquellos colegiales eran teólogos, cuáles filósofos, cuáles casuistas, que estaba así puestos por sus clases. Llegó luego un colegial mozo de muy buena gracia, y hizo una oración latina breve y elegante y muy a propósito, y besó la mano al Rey, haciendo a Su Majestad gracias en nombre de todos por tan grande merced y favor, y ofreciendo un pequeño servicio de alabanzas en diversas lenguas, por el amparo que en Su Majestad hallaban los católicos ingleses. Tras éste subió a la cátedra, que estaba frontero, Jorgecino, que es un colegialico de quince años de extremada gracia y habilidad, y hizo otra oración en castellano al mismo propósito muy gustosa, diciendo que, como extranjeros, que habían andado en diversas regiones, hablarían en diversas lenguas, declarando el salmo 71, cada uno su verso; y era éste el estilo, que decían el verso en latín, y luego en la lengua discantaban sobre aquel verso, todo a propósito de lo que padecían los católicos de Inglaterra y de la merced que Dios les hacía por el Rey Católico, y de su grandeza y piedad, justicia y virtudes, etc. Al cabo resumían en lengua latina lo que habían dicho en la peregrina.

Fueron estos diez en estas lenguas y por este orden: hebraica, griega, latina, ánglica, catobritánica, escocés, francés, italiana, española, flamenca. El de la flamenca fué el mismo Jorgecino, y en acabando el discantar sobre el último verso:Replebitur maiestate omnis terra, fiat, fiat, habló en romance, un rato, suplicando al Rey llevase aquella obra adelante, representándole su destierro y trabajos y crueldades de los herejes, y ofreciéndole la sangre que por defensa de la fe derramasen los alumnos aquel colegio en Inglaterra, con la cual quedaría escrita en las plazas y calles de su patria la memoria del rey Filipo, que a los que ella había echado de sí, había él acogido y sustentado y honrado y amparado, etc. Dijo esto con tanta gracia y con tal afecto, que muchos o los más de los que oían no pudieron contenerse de derramar muchas lágrimas. El señor don Cristóbal de Mora me dijo que le había hecho verter muchas, y que aquélla era obra singular de Dios, y yo vi mucho de esto que digo. Su Majestad estuvo con notable gusto y alegría, y sus altezas lo propio. Acabadas las oraciones, llegaron los oradores a besar la mano a Su Majestad y a sus altezas, y el Rey mandó que también llegasen los demás, que fué para ellos de grande consuelo.

Salieron todos aquellos señores diciendo más de lo que se sufre con modestia referir, de lo que la Compañía hacía y de lo que era aquella obra edificados en gran manera, y Su Majestad no lo mostró menos a la salida y en su casa. El señor don Juan de Idiáquez había sido como el medianero de esta venida, y no pudo prevenilla más de la misma tarde a mediodía, y quedó contentísimo que se hubiesen dado tan buena maña en tan poco tiempo, digo en el adrezo, que las oraciones y versos de antes estaban prevenidos. Mandó el príncipe por su ayo, el marqués de Velada, que lo llevasen las hieroglíficas y composiciones y versos que estaban allí colgados. Don Hernando de Toledo, de la cámara, dijo que le asentasen a su cargo el sustento de un colegial perpetuamente, y lo mismo han hecho otros señores.

He querido escrebir esto tan especificadamente porque será de gusto y de edificación para nuestros padres y hermanos, y pienso que es mucha gloria del Señor que se entienda el favor que Su Majestad ha hecho y hace a este seminario anglicano. Nuestros amigos han dicho asaz de la merced que el Rey ha hecho a la Compañía en visitar tan benignamente un día la casa profesa y otro el colegio inglés, siendo las primeras salidas que ha hecho en público después de esta última dolencia de la gota. Vuestra reverencia se acuerde de rogar a Nuestro Señor por la salud de Su Majestad, y a mí no me olvide en sus santos sacrificios y oraciones. Valladolid, 5 de agosto 1592.-Josef de Acosta.