«En el nombre de Dios Nuestro Señor
Todopoderoso, amén: sea notorio a los que la presente
carta de mi testamento vieren cómo yo D. Mateo Arnaldo
Hoevel, natural de Gotemburgo en Suecia, hijo legítimo
de D. Joaquín Hoevel y de doña Ana María
Elcebón, mis padres, finados, digo: que por cuanto
habiendo sido cónsul de los Estados Unidos, y teniendo
que reclamar ante aquel Gobierno los perjuicios que se me
han originado en el viaje que de su orden he hecho a este
reino, me es indispensable regresar, volviendo a emprender
viaje largo de mar; y en consideración a que en estos
peligros puede acaecerme mi fallecimiento, para el cual debo
estar prevenido, mayormente cuando me hallo con mujer e hijos,
mediante haber tomado aquí estado: he resuelto dejar
ordenado mi testamento y las cosas tocantes al descargo de
mi conciencia, bien y alivio espiritual de mi alma.- Al efecto,
hallándome en buena salud y por la misericordia de
Dios en mi sano y entero juicio, memoria y entendimiento
natural, creyendo como firmemente creo en el alto y divino
misterio de la Santísima Trinidad, Padre, Hijo y Espíritu
Santo, tres personas distintas y un solo Dios verdadero,
y en todos los demás misterios de fe, que tiene, cree,
confiesa y enseña nuestra Santa Madre Iglesia Católica,
Apostólica y Romana, bajo de cuya fe y creencia he
vivido y protesto vivir y morir, como fiel y católico
cristiano, y temiéndome de la muerte, que es natural
a toda humana criatura y que no me halle desprevenido, he
resuelto disponer de mis bienes temporales, y antes de reducirlo
a efecto invoco por mi abogada e intercesora a la Serenísima
Reina de los Angeles María Santísima Madre
de Dios y Señora Nuestra, al Santo Ángel de
mi guarda, a los de mi devoción y demás cortesanos
de la patria celestial para que intercedan por mí
y me alcancen de la Divina Majestad el perdón de mis
pecados y que mi alma salga en paz a gozar de Dios, bajo
cuya divina protección e invocación lo otorgo
en la forma siguiente.- Primeramente encomiendo mi alma a
Dios Nuestro Señor que la crió y redimió
con el precio infinito de su preciosa sangre, y el cuerpo
a la tierra, como origen de su formación, y cuando
la Divina Majestad fuere servido de llevarme de esta presente
vida a la eterna, mando se sepulte mi cuerpo en sagrado:
si aquí muriere, sería en la iglesia que mis
albaceas dispusieren, pues dejo a su arbitrio toda la forma
de mi funeral y sufragios por mi alma.- Item, mando a las
mandas forzosas y acostumbradas en testamentos a dos reales
a cada una, con que las aparto de mis bienes, con intención
que hago de ganar todas las gracias e indulgencias concedidas.- Item, mando que mi albacea haga celebrar por mi alma doscientas
misas.- Item, declaro que soy casado y velado según
orden de nuestra Santa Madre Iglesia, con doña María
Catalina Echanés, de cuyo matrimonio hemos tenido
y procreado por nuestros hijos legítimos a D. Joaquín
Matías Hoevel y a doña Ana María Hoevel,
la dicha mi mujer hija legítima de D. José
Antonio Echanés y de doña Mercedes Ugalde.
Declaro por tales nuestros hijos legítimos de nuestro
matrimonio a los antedichos D. Joaquín Matías
y doña Ana María Hoevel para que conste.-
Item, declaro por mis bienes todos aquellos que se hallasen
por mi fallecimiento y se conocieren por de mi particular
dominio, para que conste, y en particular una quinta en la
Cañada de esta capital en la que he hecho muchas mejoras,
con que se halla en valor considerable, y una chacra nombrada
de Chacón en el partido de Melipilla, en la que he
trabajado también bastantes mejoras útiles,
y aumentando sus tierras hasta el número de cien cuadras.- Item, declaro que durante el tiempo de mi matrimonio, que
ha sido el de cerca de siete años, regulo de gananciales
la cantidad de seis mil pesos, lo que declaro para que conste.- Item, declaro que al tiempo de mi matrimonio regulo tendría
y entraría a él la cantidad de treinta y cinco
mil pesos, con cuya consideración le asigné
y señalé por pura donación en arras
propter nupcias a la expresada mi esposa la cantidad de tres
mil quinientos pesos, y por no haberle hecho entonces el
correspondiente instrumento de dote, con agregación
de las especies que a ella entró por su parte, lo
declaro en descargo de mi conciencia para que conste.- Item,
declaro que los picos que debo y a mí me deben le
constan a la indicada mi esposa.- Y para cumplir y para pagar
este mi testamento y todo lo en él contenido nombro
por mi albacea tenedora de bienes y ejecutora de mis últimas
disposiciones a la precitada mi mujer doña María
Catalina de Echanés y le confiero el poder de albaceazgo
en derecho necesario para que use de él el tiempo
que necesitare y hubiere menester, aunque sea pasado el que
el derecho dispone; y usando de la facultad que la ley me
franquea le dejo a la mencionada mi esposa el remanente del
quinto de mis bienes, en remuneración del amor y fidelidad
con que me ha servido; y de todos los demás bienes,
deudas, derechos y acciones y futuras sucesiones, nombro
e instituyo por mis únicos y universales herederos
a los mencionados mis hijos e hija para que los gozen y hereden
con la bendición de Dios Nuestro Señor y la
mía.- Les nombro por tutora y curadora a la misma
su madre, con relevación de fianza, por la gran satisfacción
que tengo de su conducta, y suplico a las justicias le disciernan
el cargo: con lo cual revoco y anulo y doy por nulos, de
ningún valor ni efecto otros cualesquier testamentos,
codicilos, poderes para testar y otras últimas disposiciones
que antes de éste haya fecho y otorgado por escrito
o de palabra, para que no valgan ni hagan fe judicial ni
extrajudicialmente, salvo el presente, que se ha de guardar,
cumplir y ejecutar por mi última y final voluntad.
En cuyo testimonio lo otorgo en esta ciudad de Santiago de
Chile, en siete días del mes de enero de mil ochocientos
dieciocho años. Yo el otorgante, a quien yo el presente
escribano doy fe conozco, y que al parecer está en
su acuerdo natural así lo dijo, otorgó y firmó,
siendo presentes por testigos llamados y rogados. D. José
Tadeo Díaz, D. Manuel Martínez y D. José
Miguel Herrera.- Mateo Arnaldo Hoevel. |