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391

En sesión de la Junta de Caridad de 4 de diciembre de 1788 se lee: «Se trató respecto a los particulares de la Casa de los Niños Expósitos, que se halla bajo la protección y gobierno de esta Hermandad, y habiéndose conferenciado sobre los asuntos de la Imprenta, e informádose que no producía para los gastos que es necesario impender para su subsistencia, y visto los memoriales presentados por Agustín Garrigós, Esteban Nicolau, y por dicho Agustín Garrigós y Pedro del Castillo, impresores, en que bajo ciertas circunstancias, solicitan arrendarla, se consideró desde luego que esto será lo más conveniente y útil; pero como hay un pleito pendiente con don José de Silva y Aguiar, que anteriormente administró dicha Imprenta, y que, según su estado, parece que sin concluirse o cortarse, no podrá verificarse el arrendamiento: los señores comisionaron a los Hermanos don Martín José de Altolaguirre y don Pedro Vivar para que practicasen en el asunto algunas diligencias conducentes, y, evacuadas, se resolverá lo que sea más conveniente, y, entretanto se procurará disminuir todos los gastos posibles de los que se hacen, además de los que ya expuso dicho señor Vivar se había tomado la resolución de rebajar». (N. del A.)

 

392

«Los señores don Martín José de Altolaguirre y D. Pedro Vivar, comisionados para practicar algunas diligencias en el asunto de la Imprenta, dieron razón de que el pleito que hay pendiente sobre ella con don José de Aguiar, se hallaba en estado de habérsele concedido un término; y habiéndose tratado de este particular, se resolvió que, en respondiendo, se viese el modo de pedir los autos y de tratar con dicho Aguiar de cortar y transar dicho pleito, por los inconvenientes y perjuicios que éstos producen siempre, y porque, mientras dure, no se puede proporcionar el principal objeto a que se debe aspirar, que es el de poner en arrendamiento la referida Imprenta, pues la experiencia ha manifestado que esto es lo más útil, como que la administración no ha producido en esta capital para sus gastos, y que, sin embargo de lo que se ha arbitrado rebajar en los empleados en dicha Imprenta, se juzga que sucederá en lo de adelante lo mismo».


Libro de acuerdos de la Hermandad de la Caridad, 1727-1795. Acta 4 de enero de 1789.                


(N. del A.)

 

393

Acta del 30 de agosto de 1789: «Se hizo presente por dicho Hermano Mayor haberse conformado don José de Silva y Aguiar con todas las condiciones y declaración que se hicieron en el cabildo de gobierno de 14 de julio pasado sobre el arrendamiento de la Imprenta correspondiente a la Casa de Niños Expósitos y que, a su consecuencia, había dado las órdenes respectivas a los administradores de impresos de fuera y recibídose de la Imprenta el referido Silva, empezando a correr su arrendamiento desde el 15 de julio, a razón de los mil cuatrocientos pesos al año que se estableció; que se haga el correspondiente instrumento y se archive, y que el hermano don Pedro Díaz de Vivar administrador de dicha Casa de Expósitos, cuide de cobrar lo correspondiente a dicho arrendamiento y el de las casitas accesorias a dicha Imprenta, y de entregar estos importes al tesorero don Manuel Rodríguez de la Vega, quien deberá satisfacer a las Temporalidades los trescientos cuarenta y cinco pesos que anualmente se satisfacen por los once mil quinientos pesos que tiene al rédito de tres pesos dicha Casa de la Imprenta de las mismas temporalidades; y para examinar las cuentas que debe presentar de la administración de dicha Imprenta don Alfonso Sotoca, se nombró a dicho don Pedro Díaz de Vivar y don Martín José de Altolaguirre». (N. del A.)

 

394

Acta de la Hermandad de 21 de enero de 1795: «Por nuestro hermano alcalde antiguo y administrador de la Casa de Niños Expósitos don Pedro Díaz de Vivar se manifestó un expediente que contenta el desistimiento que había hecho don José de Silva y Aguiar del arrendamiento de la Imprenta perteneciente a dicha Casa de Expósitos, y cesión que hizo en don Antonio José Dantás, que prestó a ello su consentimiento, obligándose de mancomún e insolidum con don Francisco Antonio Marradas: el cual desistimienito le fue admitido, y recibido Dantás de mancomún con Marradas, bajo la misma obligación en que estaba constituido Silva, a cuya consecuencia se otorgó la correspondiente escritura, comprometiéndose Dantás y Marradas a llenar lo que falta de los diez años de arrendamiento, que fue el tiempo por el que Silva tomó la Imprenta. "E impuestos los vocales, determinaron aprobar, como aprobaron, este nuevo contrato"». (N. del A.)

 

395

Véase el documento número XVII. (N. del A.)

 

396

Constan las anteriores circunstancias de las actas de la Hermandad de 10 y 27 de febrero y 21 de abril de 1795, que dicen así:

«Leyóse también un memorial presentado por don Agustín Garrigós en que pretende ser preferido en el arrendamiento de la Imprenta perteneciente a los Niños Expósitos, y por ser tarde y no haber lugar, se difirió el tratar este asunto en el venidero cabildo».

«Habiéndose diferido para este Cabildo tratar de la propuesta que ha hecho don Agustín Garrigós para ser preferido en el arrendamiento de la Imprenta perteneciente ala Casa de Niños Expósitos, que está a cargo de esta Hermandad, cuya representación se vio en el antecedente, se examinó la dicha propuesta con los demás documentos con que la acompaña, y se tuvo presente la representación que había hecho el asentista de la Imprenta don José de Silva y Aguiar cediendo su derecho en don Antonio José Dantás, cuya cesión fue admitida, y sustituido dicho Dantás, en consorcio y de mancomún con don Francisco Marradas, bajo la fianza ofrecida con los bienes de este último, todo lo cual fue aprobado en cabildo de veintiuno de enero de este año. Se confirió sobre lo acordado en el de catorce de julio de ochenta y nueve, en que están las condiciones del contrato celebrado por esta Hermandad con el dicho Silva y Aguiar; y después de haberse conferenciado largamente sobre este particular, teniendo consideración a que es indispensable para cualquiera determinación relativa a Expósitos tratar con nuestro hermano don Manuel Rodríguez de la Vega, tan benefactor de la Casa, como que subsiste a sus expensas; se determinó que se le entreguen todos los papeles al señor Hermano Mayor para que trate el asunto con dicho Vega, avisando sus resultas, y que nuestro Hermano Alcalde antiguo y administrador de la Casa de Expósitos traiga un estado que manifieste el número de niños que hay existentes, sus clases, edades y destinos u ocupaciones.

»Se leyó por el secretario una carta dirigida al señor Hermano Mayor por nuestro hermano don Manuel Rodríguez de la Vega, con quien se ordenó en el acuerdo de veintitrés de febrero que se tratase de la nueva propuesta que hacía Agustín Garrigós para tomar en arrendamiento la Imprenta perteneciente a la Casa de Niños Expósitos que está a cargo de esta Hermandad, expresando en dicha carta que le parecía no era admisible la propuesta de dicho Garrigós por no haberse cumplido los diez años del asiento celebrado con don Josef de Silva y Aguiar, que lo traspasó a don Antonio Josef Dantás, que dio las seguridades correspondientes, y se aprobó todo por esta Hermandad: por lo que conceptuaba que no quedaba por ahora arbitrio para admitir otras propuestas, a menos que no se quisiese dejar a la Hermandad en descubierto y con la nota de que no guardaba la debida fe en sus contratos. Seguidamente y sobre este mismo asunto de Expósitos, nuestro Hermano Alcalde antiguo y administrador de la Casa don Pedro Díaz de Vivar, en cumplimiento de lo dispuesto en el precitado Cabildo de veintitrés de febrero, manifestó un estado de los niños que habían entrado en ella desde su establecimiento, las rentas de la Casa y sus gastos, informando lo conveniente acerca del método que se observaba y los oficios que había hecho con su beneficio. Leyose, igualmente, otra representación del propio Agustín Garrigós sobre que se le prefiera en el dicho arrendamiento de la Imprenta, y habiéndose conferenciado largamente sobre estos particulares, en que expuso nuestro Hermano Secretario que cuando menos don Antonio Josef Dantás deberá mejorar las fianzas que tenía dadas, no siendo bastante la de don Antonio Marradas, que era la que había dado, por estar informado que la casa no era suya propia sino de su mujer; sin embargo, se acordó que se guarde y cumpla lo dispuesto en cabildo de veintiuno de enero; que a Agustín Garrigós se le devuelvan los papeles que ha presentado; y que el dicho Administrador de la Casa de Expósitos traiga el estado que comprenda el número de niños que hay existentes, sus clases, edades y destinos u ocupaciones, según se dispuso en el precitado cabildo de veintitrés de febrero».



Véase también el documento número XVIII. (N. del A.)

 

397

Véase el documento número XIX. (N. del A.)

 

398

En el documento número XXII damos in extenso el título de Garrigós. (N. del A.)

 

399

Véase bajo el número XXIV este memorial de Garrigós. (N. del A.)

 

400

Oficio de 12 de junio de 1799. (N. del A.)