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201

El ministro San Miguel en nota de 26 de noviembre de 1833 al Prefecto del Departamento de Quito, dijo a este respecto: «El Congreso le ha dado el Pase que previene la ley del Patronato para que esta porción del pueblo ecuatoriano que se gloria de ser católico, apostólico romano, logre de los bienes inestimables que le ha prodigado el Santo Padre, abriéndole los tesoros de la Iglesia sin necesidad de ocurrir a Roma por dispensas y subsanaciones». (N. del A.)

 

202

Como curiosidad apuntamos que el salario anual del indio era según testimonio del coronel José Miguel González, en su folleto Ligera Relación..., el de 18 pesos, pagados en su mayor parte en efectos a precios recargadísimos, y de esos se descontaban 31/2 de tributo para el Estado. González fue acaso el primero que criticó el hoy llamado «feudalismo» ecuatoriano. (N. del A.)

 

203

Mainage, Les mouvements de la jeunesse catholique française au XIXe siècle, pág. 34. (N. del A.)

 

204

Rocafuerte a la Nación, edición de 1908, pág. 255. (N. del A.)

 

205

Íd., pág. 256. (N. del A.)

 

206

Íd., pág. 262. (N. del A.)

 

207

Íd., pág. 263. (N. del A.)

 

208

Rocafuerte a la Nación, pág. 269. (N. del A.)

 

209

Íd., pág. 271. (N. del A.)

 

210

Rocafuerte a la Nación, pág. 290. (N. del A.)