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1

Constitución de 1812, tít. I, artículos 1, 2 y 3.

 

2

Constitución política de 1869, artículo 32.

 

3

Tratado de derecho político, por don Adolfo POSADA, lib. III, capítulo 6, § 5, Madrid, 1894, tomo II, pág. 388. Mirando al conjunto del derecho escrito, ve en él una solución transitoria en punto al problema de la soberanía.

 

4

Discurso en el Congreso de los Diputados, sesión de 10 de diciembre de 1900.

 

5

MACÍAS PICAVEA, El problema nacional, Madrid, 1899, pág. 251. Confrontar El Correo, diario de Madrid: «Todo está roto en este desventurado país: no hay Gobierno, no hay cuerpo electoral, no hay partidos, no hay Ejército, no hay Marina; todo es ficción, todo es decadencia, todo ruinas...» (7 febrero 1901). «En la Constitución y en las leyes y a través de la hojarasca de los periódicos parecemos un pueblo civilizado; pero en la realidad estamos poco más o menos a la altura de una kabila del Rif» (el mismo diario, 19 abril de 1901). «En esta esfera de la Administración provincial y municipal, como en la otra más amplia del sufragio, vivimos contentándonos con las apariencias. Todos los ciudadanos tienen voto; muy pocos lo ejercitan y si lo hacen a disgusto del Gobierno, es falsificado en la urna» (El Imparcial, 26 enero 1901). «Menester es que el pueblo cierre los ojos para no verlo. La Administración no administra, el clero no moraliza, el Ejército no defiende, los barcos no navegan, la Magistratura no hace justicia, el profesorado no enseña...» (Alf. CALDERÓN, La Publicidad, de Barcelona, 3 abril 1901). «Y yo afirmo que en España no existen escuelas, ni alumnos, ni profesores, ni útiles de trabajo; que los Institutos y las Universidades son, por regla general, fábricas de hacer bachilleres y licenciados, que van a engrosar el proletariado de levita, y que en el profesorado, fuera de muy contadas personalidades, pertenecemos casi todos, por falta de medios o por ausencia de vocación, a esa turbamulta de medianías insignificantes, como si representáramos desde la altura de la cátedra el agotamiento y la esterilidad intelectual de la raza» (Melquíades ÁLVAREZ, Discurso en el Congreso de los Diputados, 14 diciembre 1901). «Después de tan grandes y cruentos sacrificios como España ha hecho durante todo el siglo XIX para adquirir instituciones políticas que asegurasen su bienestar, su libertad, la vida libre que gozan la mayor parte de las naciones, se ha encontrado al finalizar el siglo con una inmensa decepción, porque no es verdad que haya instituciones electorales, ni consecuencias de esas instituciones, ni las libertades públicas duran más de lo que tarda en convenir quitarlas de enmedio por un decreto de suspensión, ni hay absolutamente una cosa cuyo fondo esencial responda a la apariencia exterior...» (A. MAURA, Discurso en el Congreso de los Diputados, 29 noviembre 1901).

 

6

«En España existe un Estado de derecho, que encanta por su mecanismo regular, metódico y minucioso en garantías, y otro 'Estado de hecho', que, contrastando con aquél profundamente, lo destruye hasta en sus más insignificantes pormenores, haciéndolo perfectamente ilusorio». Tal fue la síntesis de una conferencia del señor don F. SILVELA en el Ateneo de Madrid en 1882 (La Época, número extraordinario 22 de diciembre 1882). Entre las aplicaciones que de tal criterio hacía figura nuestro sistema representativo, nuestras elecciones.

 

7

Del mismo autor, citado en el Mensaje de la Cámara Agrícola del Alto Aragón, fecha 13 de noviembre de 1898 (Ap. Reconstitución y europeización de España, Madrid, 1900, pág. 5).

 

8

De la razón de ser de los partidos y de su concepto en los países donde funciona el régimen parlamentario trata con gran profundidad el señor AZCÁRATE en El selfgovernment y la monarquía doctrinaria, Madrid, 1877, capítulo I, y El régimen parlamentario en la práctica, Madrid, 1885, capítulo II. Libros ambos que debieran andar en manos de todos.

 

9

Discurso de Sevilla el día 14 de abril de 1900; ap. El Español, diario de Madrid, 18 abril 1900. El señor CANALEJAS, en el Congreso de los Diputados, el día 16 de julio de 1901: «Precisamente el fracaso, la debilidad de los partidos todos, consiste en que constituyen una plana mayor, como la del Ejército en nuestros presupuestos, a la que faltan los soldados que debían nutrir las filas. Para que hubiera soldados, para que hubiera alientos, sería preciso atraerse a esos elementos (la masa neutra), bajo la disciplina y la enseñanza nuestra...» (Extracto Oficial, núm. 30, de 1901, pág. 11).

 

10

El régimen parlamentario en la práctica, cit., págs. 92 y 103. Vid. también ISERN: «Por el falseamiento del régimen imperante, iniciado en su misma cuna, por el modo de ser de los partidos y por el modo de ser de las Cortes, no sólo se concentra, según se demostró anteriormente, todo el poder del Estado en el Ministerio, del cual puede decirse que es el Estado y el Gobierno a un tiempo, sino que, como el Ministerio lo forma el jefe del partido llamado a los consejos de la Corona, este jefe es quien realmente ejerce todos los poderes, sin otros contrarrestos positivos que la acción, limitada por diversas causas, de la prensa independiente. Cuando el jefe es verdaderamente el partido, como sucedió durante muchos años en el partido conservador, los excesos de su poder llegaron al extremo de pagar un hospedaje con una cartera, y cuando el jefe es el partido en unión con un estado mayor más o menos poderoso dentro de la agrupación, como ocurre en el partido liberal, su poder supremo está limitado por el poder y la fuerza, del estado mayor... Resulta, por lo tanto, que se estaba en lo cierto al afirmar que, después de medio siglo de proclamar el reinado de la libertad, de la opinión pública y de la ley, no se ha hecho otra cosa que sustituir un absolutismo por otro, el absolutismo del monarca por el de los jefes de los partidos que turnan en el poder, menos limitado éste que aquél, pues al fin los monarcas consideraban a la nación como patrimonio suyo y de sus sucesores, y la oligarquía imperante se considera sólo usufructuaria de los bienes del Estado...» (Del desastre nacional y sus causas, por don Damián ISERN, Madrid, 1900, segunda edición, págs. 147-148).

El marqués del RISCAL había observado lo mismo hace veinte años: «España. no ha destruido el antiguo despotismo monárquico, sino para caer en otro despotismo peor, el de los ministros. No estaba preparada para este cambio; la masa no lo deseaba ni lo comprendía; no ha aprovechado sino a los que, sabiendo imitar las exterioridades del Gobierno parlamentario, se han apoderado, por medio de su elocuencia, de la antigua realeza. Las costumbres de sumisión harían de nuevo imperceptible al país la resurrección del absolutismo regio» (Feudalismo y democracia, Madrid, 1880, pág. 156).